REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 14 de Julio de 2016
Años: 206° y 157°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, las ciudadanas: MARIALLIS JOSEFINA CASTILLO ZERPA , venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.232.987 y domiciliada en La Calle 3 entre 5 y 6 del Sector Guatanquire II de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del estado Yaracuy y LORENA MARBELLA VARGAS PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.603.761 y domiciliada en Callejón Almeida entre calles 9 y 10, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano ROSA RAMONA HERNADEZ , venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-820.363, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dice poseer sobre un Área de terreno Nacional , Propiedad del Municipio que tiene una superficie de CIENTO CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO CENTIMETROS (148,78 MTS2), en un área de construcción de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y NUEVE METROS (75,39 MTS2), Calle 10 Entre Avenidas 4 y 5, Comunidad Guatanquire II, Municipio Bruzual Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una (1) casa, Techo Acelorit, paredes de bloques sin frisar, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente manera: Dos (2) Dormitorio, Una (1) cocina, Una (1) sala recibo, Un (1) Baño, Cuatro (4) puertas, Tres (3) de hierro y Una (1) de madera, Dos (2) Ventanas de madera, cerca perimetral de paredes de bloques sin frisar, servicios de agua, luz y aseo urbano. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y Solar de Nery Ascanio, en 18,00 m. SUR: Casa y Solar de Agustín Pérez , en 18,00 m; ESTE: Casa y Solar de Juana de Dios Henriquez en 33,50 m; OESTE: Calle 10 su frente en 33,50 m; según se evidencia en el CEDULA CATASTRAL, Código Catastral Nº 22 – 03 – 01 – AU– 104 – 08 – 05, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 03 de Mayo del año 2016. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Juzgado ACUERDA darle salida y devolver lo actuado a la solicitante. Déjese constancia en el libro diario Se le asignó el Nº 4101/2016.-

El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

El Secretario Temporal,
Abg. Edwin Godoy


EBA/EG/Yc.-