REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.
Chivacoa, 20 de julio de 2016
AÑOS: 206º y 157º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos HERVI RAFAEL CARRERA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.699.575 y domiciliado en la calle Principal, casa S/N, Campo Nuevo, sector La Plazoleta, Municipio Sucre del Estado Yaracuy; y MELQUIADES RAMÓN MORENO TORRES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.370.571 y domiciliado en la calle Principal de Campo Nuevo, casa S/N, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un área de terreno propiedad del municipio Sucre, ubicadas en Campo nuevo, sector Calle Nueva vía el cementerio, casa S/N Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, la cual ha fomentado a sus solas y únicas expensas con dinero de su propio peculio y que consisten de una (01) casa de habitación familiar construida con paredes de bloques de concreto, techo de acerolit soportadas por vigas metálicas, piso de cemento pulido, puertas de madera, ventanas con protectores, frente cercado de bloques de cemento, distribuida de la siguiente manera: dos (02) habitaciones, una (01) sala cocina, comedor, un (01) baño; un (01) anexo cuyas características constructivas son: techo de acerolit, piso de cemento pulido, paredes de bloques de concreto, posee instalaciones de aguas servidas y potable suministrada. Según la inspección de Mensura y Deslinde se determinó que en la extensión de el terreno mide CUATROCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS CON NUEVE CENTÍMETRO (404,09 M2), con un área de construcción de CIENTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO CENTÍMETRO (124,78 M2). El inmueble antes descrito se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Carretera vía cementerio de Campo Nuevo; SUR: Terreno del señor Gil Augusto Martínez; ESTE: Casa y solar del señor Gil Augusto Martínez; y OESTE: Casa y solar de la señora Teotiste Sánchez. El costo de estas bienhechurías es por la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.250.000,00); a favor de los ciudadanos: YENIFER MARIANA MENDOZA CORTEZ Y RODRIGO ANTONIO MENDEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 24.558.708 17.611.688, respectivamente. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada y Notifíquese mediante oficio a la ciudadana Sindico Procuradora del Municipio Sucre del Estado Yaracuy sobre el presente fallo, de conformidad con la parte in fine del Artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y una vez cumplido este requisito, devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean provistas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,
Abg° Giovanni Alfonso Ramírez Marín
El Secretario,
Abg. Villasmil Antonio Petit
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las ocho y cincuenta de la mañana (08:50 a.m) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,
Abg. Villasmil Antonio Petit
GARM/vap/ol.
N° 273/16