REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO (3º) DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
SEDE CIUDAD BOLIVAR
Ciudad Bolívar, 07 de junio de 2016
206° y 157°
INSTALACIÓN DE AUDIENCIA PRELIMINAR
IDENTIFICACIÓN DE LA CAUSA
Nº DE EXPEDIENTE: FP02-L-2015-000050
PARTE ACTORA: RAMON DEL CARMEN BLANCO.-venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.834.107.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ORLANDFO ISIDRO BERMUDEZ MOPRALES, Y ITAN CARRILLO, venezolanos, abogados en ejercicio inscritos en el IPSA bajo los números 33.114 y 134.868, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: LUNCHERIA Y CONFITERIA KARISA, C. A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUIDOS.
En el día de hoy, MARTES siete (07) de junio de 2016, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, se hizo el llamado en tres (3) oportunidades en la Sala de Alguaciles de este Circuito Laboral a viva voz por el funcionario ROYMAR CORREDOR, y a tal efecto se deja expresa constancia de la incomparecencia del ciudadano RAMON DEL CARMEN BLANCO parte actora quien no compareció ni por si ni por representación judicial alguna; acarreando las consecuencias jurídicas previstas en la Ley adjetiva Laboral. en este estado es necesario declarar el desistimiento del proceso en función a lo establecido en el articulo 130 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, declarando el procedimiento terminado, Es todo, se terminó, se leyó y estando conformes firman:
EL JUEZ 3º DE S. M. E DEL TRABAJO,
ABG. RAFAEL JIMENEZ CHACÓN
EL SECRETARIO DE SALA,
ABG. ANEL JOSE SEQUERA BOLIVAR
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