REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
PUERTO ORDAZ, 22 DE JUNIO DE 2016
AÑOS: 205° Y 157°
COMPETENCIA MERCANTIL
Vista la anterior solicitud de OFERTA REAL DE PAGO y sus anexos, presentada por el ciudadano RONALD ALEXANDER SOTO RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.039.168, debidamente asistido por los abogados en ejercicio DOLORES BRITO y CRISTHIAN ORLANDO DE LA ROSA, inscritos en el I.P.S.A, bajo los Nros. 132.408 y 169.718, se ADMITE y se le da entrada y curso de Ley a dicha solicitud ordenándose su anotación, en el Libro de Registro de Causas respectivo bajo el N° 44.192. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 821 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se acuerda el Traslado y Constitución del Tribunal a la siguiente dirección: Centro Empresarial 303, PB, Local conocido como EL CUBO (lateral derecho del Centro Comercial), Alta Vista, Puerto Ordaz, Parroquia Universidad, Municipio Caroní del Estado Bolívar, a los fines de hacer saber a la Sociedad Mercantil INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES MACARAO, C.A inscrito por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha quince (15) de julio del año 2011, bajo el Nro. 23, Tomo 110-A, representada por el ciudadano JOSE GREGORIO DIAZ PERDOMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.143.748, de este domicilio y/o en la persona de su apoderada ROSANGELA JOSEFINA BRITO DE TERESEN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.960.771, que el ciudadano RONALD ALEXANDER SOTO RAMOS, consignó y le hizo OFERTA REAL DE PAGO, por la suma de TRES MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 3.910.000,00), conforme Cheque de Gerencia Nro. 00022709, girado contra Banco de Venezuela, fijándose para ello el Tercer (3er) día de Despacho siguiente a la presente fecha, a las Nueve horas de la mañana (09:00 a.m.).-
EL JUEZ PROVISORIO
ABG. JOSE SARACHE MARIN
EL SECRETARIO
ABG. JHONNY JOSE CEDEÑO
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO
ABG. JHONNY JOSE CEDEÑO
EXP. 44.192
JSM/jjc/eloisa