REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
PUERTO ORDAZ, TREINTA Y UNO (31) DE MAYO DEL 2016.-
AÑOS: 205° Y 157°
COMPETENCIA CIVIL.-
Vista la reforma de la demanda de: LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL y sus anexos, presentada por el ciudadano ISMAEL BELTRAN ORDOSGOITI SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.526.907, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio SERGIO GAMUZZA RIVAS, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 41.915, se ordena darle entrada y su anotación en el Libro de Causas respectivo bajo el N° 44.160. Y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a alguna disposición de la Ley, se le ADMITE cuanto ha lugar en derecho y ordena darle el curso legal correspondiente. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 344 del Código de Procedimiento Civil, se ordena emplazar a la demandada, ciudadana: MILAGROS DEL VALLE AMESTY SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.448.565, domiciliada en Maturín, Estado Monagas, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a aquel en que conste en autos su citación, mas dos (2) días continuos que se le conceden como termino de la distancia, en el horario comprendido de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., y ejerzan la defensas que consideren conveniente sobre la demanda. Así mismo y en aras de la búsqueda de la solución amistosa de los conflictos este Tribunal conforme al Artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, excita a las partes a la conciliación, cuyo acto se fija para el Décimo Quinto (15º) DIA DE DESPACHO siguiente a la constancia en autos de haberse efectuado su citación, mas dos (2) días continuos que se le conceden como termino de la distancia, a las dos horas de la tarde (2:00 p.m.). Líbrese despacho de citación al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los fines de que haga efectiva la citación ordenada. Líbrense Compulsas.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JOSÉ SARACHE MARÍN EL SECRETARIO,
ABG. JHONNY JOSE CEDEÑO En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
ABG. JHONNY JOSE CEDEÑO
JSM/jjc/eloisa
EXP. Nº 44.160