REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.-
AÑOS: 205º Y 157º
JURISDICCIÓN CIVIL
PUERTO ORDAZ, TRECE (13) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS (2016).
AÑOS; 205º y 157ª
JURISDICCION CIVIL.
Vista la diligencia de fecha Veintitrés (23) de Febrero de 2016, presentado por la ciudadana GLORINIS MEDRANO BARCELÒ, en su condición de FISCAL AUXILIAR SÉPTIMO (7mo) DEL MINISTERIO PUBLICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, mediante la cual alega lo siguiente: “…Revisadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa de solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por el ciudadano PIETRO CAMPISI TUSA en contra e la ciudadana BLANCA JOSEFINA VERDE GOMEZ, y estando en la oportunidad legal correspondiente esta Representación Fiscal observa: Se pudo observar que cursa por ante el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas, del Municipio Caroní del Segundo Circuito del Estado Bolívar, solicitud de Divorcio 185-A presentado por los ciudadanos PIETRO CAMPISI TUSA y BLANCA JOSEFIBNA VERDE GOMEZ, signada bajo el número de expediente 7771, y en la cual esta Representación Fiscal en fecha 12 de febrero del 2016 emitió opinión, en la cual se le solicito al tribunal declare CON LUGAR la solicitud de divorcio. Por lo antes expuesto ésta Representante Fiscal se opone a la presente solicitud de divorcio, por existir una solicitud ante otro Juzgado y en la cual el Representarte de la Vindicta Pública emitió su opinión. En consecuencia solicito ciudadano Juez, declare terminado el proceso y ordene el archivo del expediente…”. Es por tal motivo que este Juzgado DECLARA TERMINADO la presente solicitud de DIVORCIO 185-A, y a tales efectos ordena el archivo del presente expediente. Así lo hace saber.-
LA JUEZA,
DRA. ANA MERCEDES VALLEE
EL SECRETARIO,
ABG. WILLIAMS CARABALLO.
En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
EL SECRETARIO,
ABG. WILLIAMS CARABALLO.
AMV/Wc/María.
DIVORCIO 185-A
Exp.13.474
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