REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 21 de junio de 2016
Años: 206° y 157°

SOLICITUD Nº 1230

SOLICITANTE Ciudadano HECTOR JAVIER SANTOS PLAZAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.879.691 actuando en representación de la Asociación Civil “AGROPECUARIA MAMA CRUZ”.

MOTIVO
REGISTRO DE LIBROS

Recibida en este Tribunal por distribución la presente solicitud de Sellado de Libros, suscrita y presentada por el ciudadano HECTOR JAVIER SANTOS PLAZAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.879.691, actuando en representación de la Asociación Civil “AGROPECUARIA MAMA CRUZ”, en fecha 13 de junio de 2016.
Ahora bien, es el caso que el solicitante, ya identificado, solicita el sellado de libros de Inventario, Acta, Contabilidad, mayor y diario de la Asociación Civil que representa.
La solicitud fue admitida por auto de fecha 13 de junio de 2016, ordenándose fijar un lapso de cinco (05) días de despacho siguientes a esa fecha, a fin que el solicitante consignare en autos el acta donde el representante legal de la referida Asociación Civil, designa al ciudadano HECTOR JAVIER SANTOS PLAZAS, para que realice la solicitud del sellado de libros , todo de conformidad con el artículo 11 del Código de Procedimiento Civil, instrumento éste fundamental para la tramitación de la misma.
Al respecto, este Tribunal una vez verificadas las actas anexas a la solicitud con lo señalado en el escrito, constató que de las mismas no se desprendía tal documental en original o copia certificada, por lo que se procedió a conceder el mencionado lapso de cinco (05) días de despachos siguientes al auto de admisión. Sin embargo, habiendo transcurrido dicho lapso, sin que la parte proporcionare al Tribunal lo requerido; es por lo que este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de Sellado de Libros presentada por el ciudadano HECTOR JAVIER SANTOS PLAZAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.879.691, actuando en representación de la Asociación Civil “AGROPECUARIA MAMA CRUZ”.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe a los veintiún (21) días del mes de junio de 2016. Años: 206° y 157°.
El Juez Provisorio,


Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,


Abog. ERMILA RODRIGUEZ

En esta misma fecha y siendo la 11:55 a.m., se publicó y registró la anterior decisión.

La Secretaria,


Abog. ERMILA RODRIGUEZ

Solicitud Nº 1230/cg.-