REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO (3º) DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL
PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
SEDE CIUDAD BOLIVAR
N° DE EXPEDIENTE: FP02-L-2014-0000203
PARTE ACTORA: Ciudadano JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad identificado con el número de cédula personal: 4.909.973.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Ciudadano ISAIAS J. GUILARTE MÁRQUEZ., de este domicilio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 118.857.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES METÁLICAS, C. A.
ABOGADO ASISTENTE DEL DEMANDADO: no constituido.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
INSTALACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR Y DESISTIMIENTO
En el día de Hoy diez (10) de marzo de 2016, siendo las 9:30 a.m., fecha y hora fijada para que tenga lugar la Instalación de la Audiencia Preliminar en el presente Asunto, el ciudadano Alguacil, Danny Salazar, hizo el anuncio de la Audiencia en tres (03) oportunidades, por lo este Tribunal deja expresa constancia que la parte actora al igual que la demandada no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de Apoderado Judicial alguno, razón por la cual y con fundamento en lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. ASI SE DECIDE. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.)
EL JUEZ 3º DE S. M. E. DEL TRABAJO,
ABG. RAFAEL JIMÉNEZ CHACÓN.
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA;
EL SECRETARIO;
ABG. ANEL SEQUERA BOLÍVAR
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