TRIBUNAL SEGUNDO DE MEDIACION Y SUSTANCIACION
PROTECCION DE NINOS NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION CIUDAD BOLIVAR.
Ciudad Bolívar, 2 de marzo de 2016
205º y 157º
ASUNTO: FP02-V-2015-000017
RESOLUCION: PJ0832016000164.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA DECLARANDO DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA
En horas hábiles del día de hoy 02/03/16, siendo las NUEVE Y TREINTA de la MAÑANA día y hora acordados para que comparezcan los ciudadanos: FRANCISCO JAVIER MONTILLA Y BLANCA ALIMER PARRA INFANTE titulares de la Cedulas de Identidad Nros:18.947.901 y 17.162.306, respectivamente, en la causa por FIJACION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, el Tribunal deja constancia de que no comparecieron ninguna de las partes, ya identificadas, a la presente audiencia, por lo cual este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes y en tal virtud EXTINGUIDA LA INSTANCIA, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.-
|