REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO BOLÍVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL TUMEREMO.
Tumeremo, 30 de Marzo de 2016
205º y 157 º
ASUNTO PRINCIPAL : FP21-S-2015-000577
ASUNTO : FP21-S-2015-000577
RESOLUCION NRO: PJ0032016000124
ASUNTO: EJECUCIÓN DE SOBRESEIMIENTO.
IMPUTADO: CARLOS JOSE PRECILLA.
DELITO: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
UNICO:
Este Juzgado Primero Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal Con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Bolívar, Extensión Territorial Tumeremo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, mediante el presente auto interlocutorio con fuerza de definitiva DECLARA LA EJECUCION DEL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por prescripción de la acción penal, dictado el 17/11/2015, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar con Competencia en materia de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Extensión Tumeremo, en la investigación penal signada con el numero MP-121727-2015, llevada por la fiscalia quinta del Ministerio Publico, con relación al delito VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia al ciudadano: CARLOS JOSE PRECILLA.
Notifíquese al fiscal del Ministerio Publico en Materia de Ejecución Penitenciaria de la presente Decisión y Envíese en su oportunidad las presentes actuaciones al Archivo Judicial de este Circuito Judicial y Extensión Territorial. De igual manera se ordena oficiar al Sistema Integral Policial a objeto de la exclusión del mencionado ciudadano del mismo Líbrese boletas de notificación y oficios. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, en Materia de Ejecución. Notifíquese a las partes.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION VCM TUMEREMO
ABG. YARLENY SALAZAR G.
LA SECRETARIA
ABG. SILVIA QUEZADA.
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