REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, 09 DE MAYO DEL AÑO 2016
COMPETENCIA CIVIL
AÑOS 205° Y 157°
Vista la anterior demanda de ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, y sus anexos que le acompañan, presentada en fecha 26 de Abril del año 2016, por el abogado en ejercicio MIGUEL ALBERTO TELLO CARRILLO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 185.997, en su carácter de apoderado judicial de la Ciudadana: ROSA MARIA GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.035.705, se ordena darle entrada y su anotación en los Libros de Registro de Causas Respectivo bajo el Nro. 44.136.
Ahora bien, de una minuciosa revisión del libelo de la demanda, este Tribunal observa que se encuentra confuso el libelo de la demandada, en el capitulo del PETITORIO VI, es por lo que, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO Y CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, ordena a la parte actora a que corrija dicho capitulo, para proceder a pronunciarse sobre la admisión de la demanda.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JOSE SARACHE MARIN
EL SECRETARIO,
ABG. JHONNY CEDEÑO
JSM/jc/eloisa
EXP 44.136