TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE, VEROES, SUCRE, LA TRINIDAD, BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 24 de mayo de 2016
Años: 206° y 157°
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanas REINALDO JOSÉ CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliado en el Sector Las Tunitas, calle Principal del municipio Nirgua estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº V-6.602.518 y FELIX ANTONIO LOZADA SEVILLA, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliado en el Sector Salón, calle Principal del municipio Nirgua estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº V-17.320.891; este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficiente, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano PEDRO MIGUEL OLIVEROS MEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.284.965, asistido por el Abogado DANIELA ALBARRAN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 118.034, sobre las bienhechurías ampliamente descritas en el escrito de solicitud, construidas en un lote de terreno ubicado en el Asentamiento Campesino Doña Paula, Sector La Gruta, Parroquia el Guayabo, municipio Veroes del estado Yaracuy, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terreno ocupado por los ciudadanos Leopoldo Lozada, René Lozada y Claudio Lozada; SUR: Terrenos ocupados por el ciudadano Luz Nieto y vía La Candelaria-Salóm, ESTE: Vía La Candelaria-Salóm y OESTE: Terreno ocupado por el ciudadano Ricardo Heredia. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se ordena entregar al solicitante, antes mencionado, estas actuaciones con sus resulta en original, dejando copias certificadas en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ SUPLENTE,
ABG. RAMSES ALBERTO OCHOA.
LA SECRETARIA ACC,
ING.BELYNDA ROMÁN
En esta misma fecha, se cumplió lo ordenado en el auto que antecede, se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de 08 folios útiles.
LA SECRETARIA ACC,
ING.BELYNDA ROMÁN
cg
S-0735.
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