REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 24 de Noviembre de 2.016
Años: 206° y 157°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos: JUAN CARLOS RODRIGUEZ RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 16.260.468, domiciliado en San Antonio calle casa Nº 47 Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y JOSE LUIS MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro 13.189.061 domiciliado En la peñita avenida 7 entre 6 y 7 de Chivacoa del Municipio Bruzual del estado Yaracuy. Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana WILLMAR FREGDYS RAMIREZ LEAL venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.966.987, de este domicilio sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un Lote de terreno Municipal según el documento de la Oficina de Registro Publico con Funciones Notariales de fecha 23 de Febrero del 2015 bajo el número 2015.2012, folios 278-285, asiento registral 1 del inmueble con el numero 460.20.2.1.1464 llevados por los libros de autenticación del Registro Publico con Funciones Notariales; la siguiente bienhechuría le fueron realizado ampliación, construcción, mejoras y remodelación las cuales consiste en: Construcción constante de cuatros (04) plantas con paredes de bloques de concreto y bloques rojos, pisos, platabanda, y escaleras construidas en concreto y distribuida de la siguiente manera: Planta Baja: local comercial, con piso de granito y paredes en friso liso y dos (02) baños con paredes en friso rustico, un (01) área para un garaje con paredes en friso rustico y piso igualmente rustico, Un (01) tanque subterráneo para agua potable con una capacidad aproximada de 18.000 litros; Primer piso: Área de depósito, cuarto de maquinas con paredes en friso liso, y apartamento tipo estudio constante de Un (01) baño, sala, cocina-comedor y Dos (02) ventanas con protector material de hierro, todo ene friso liso. Segundo Piso: Apartamento con paredes en friso y piso rustico, constante de: Tres (03) baños, sala, comedor, Tres (03) habitaciones, área de lavandería, balcón, con ventanales al frente. Tercer piso: Área de azotea en piso rustico y estructura en hierro estructural y columnas en concreto para base de tanques aéreos; la referida bienhechuría posee las siguientes aéreas, medidas y linderos con un área de construcción de CIENTO DOS METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTIMETROS (102,60MTS2), sobre un área de terreno de CIENTO SESENTA Y UN METROS CUADRADOS con NOVENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADTRADOS (161,97MTS2). Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 12 su frente, en 11,35m; SUR: Casa que es o Fue de la Familia Torres, en 9,00 m; ESTE: Casa que es o fue de Familia Torres en15,55 m; OESTE: Casa que es o fue de la familia González, en 17,55 m; dichos linderos fueron actualizados según se evidencia en el CEDULA CATASTRAL, Código Catastral Nº 22 – 03 – 01 –AUR – 103 – 15 – 03, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 26 de Octubre del año 2016. Quedando así: con un área de construcción de SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (752,40MTS2), sobre un área de terreno de CIENTO OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS con DIEZ CENTIMETROS (188,10MTS2). Ubicada en la avenida 12 entre calles 8 y 9, Barrió la Peñita en la ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del estado Yaracuy. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 12 su frente, en 11,20m; SUR: Casa que es o Fue de la Familia Torres, en 10,40 m; ESTE: Casa que es o fue de Familia Torres en17,00m; OESTE: Casa que es o fue de la familia González, en 17,00 m. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Juzgado ACUERDA darle salida y devolver lo actuado a la solicitante. Déjese constancia en el libro diario Se le asignó el Nº 4216/2016.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
El Secretario,
Abg. Edwin Godoy.-
Abg. EBA/EG/Yurianner.-