REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 29 de Noviembre de 2.016
Años: 206° y 157°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos: RICHARD RAFAEL PRIETO TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 12.076.506, domiciliado Sector de Gautanquire avenida 4 entre calles 16 y 17 del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y EIZELDA JOSEFINA DURANT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro 7.502.354 domiciliada en la avenida 4 entre calles 19 y 20 Comunidad de Peguaima de Chivacoa del Municipio Bruzual del estado Yaracuy. Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos PEDRO ARGENIS PEREZ, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.505.007, OSCAR ANTONIO PEREZ, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.369.904, REYNA LISSETTE PEREZ venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.515.021 y KARINA LILIMAR PEREZ, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cedula de la cedula de identidad 11.647.281, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que los solicitantes dicen poseer sobre un Área de terreno Municipal, que tiene una superficie de TRECIENTOS CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMETROS (353,99 MTS2), en un área de construcción de CIENTO DIECISEIS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SIETE CENTIMETROS (116,37 MTS2), Calle 7 entre Avenidas 4 y 5, Comunidad de Monte Oscuro, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una (01) casa construida con paredes de bloques, techo de asbesto, piso de cemento pulido, distribuida en; porche, Una (01) sala de recibo, Cuatros (04) dormitorios, Un (01) área de cocina, Un (01) corredor anexo techo con acerolit, y cercado con protectores de hierro, Dos (02) baños, lavandero y patio. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de José González, en 33,40 m. SUR: Casa que es o fue de Estefana Pérez, en 33,40 m; ESTE: Casa que es o fue de Juan V Deviez en 10,20 m; OESTE: Calle 7 su frente en 11,00 m; según se evidencia en el CEDULA CATASTRAL, Código Catastral Nº 22 – 03 – 01 – AUR– 104 – 34 – 16, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 10 de Octubre del año 2016. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Juzgado ACUERDA darle salida y devolver lo actuado a la solicitante. Déjese constancia en el libro diario Se le asignó el Nº 4217/2016.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
El Secretario,
Abg. Edwin Godoy.-
Abg. EBA/EG/Yurianner.-