REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 03 de Noviembre de 2.016
Años: 206° y 157°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JESUS ALEJANDRO SALAZAR CALANCHE, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.942.575 y domiciliado en la Calle 20 entre Avenida 4 y 5, Comunidad de Peguaima, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy GREICY MARIA GARCIA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.110.206 y domiciliada en la calle 06, entre avenidas 14 y 15, de la Comunidad de la Peñita, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: YENIRETH MARIA PEREZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° V- 19.414.011, de este domicilio sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno municipal, mide una superficie de CIENTO QUINCE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS (115,42 MTS 2), en un área de construcción de CIENTO TRECE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y DOS CENTÍMETROS (113,32 MTS 2), ubicado en la Calle 6, entre Avenidas 14 y 15 Comunidad La Peñita, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; con las siguientes características: Dos (2) casa: La casa principal: Construida con paredes de bloque frisada, techo de acerolit y zinc, piso de cerámica, distribuida de la siguiente manera: Una (1) sala, con una (1) puerta de hierro con protector de cabilla cuadrada, con una (1) ventana de aluminio con vidrio tipo panorámica, un (1) comedor, una (1) sala de estar con una (1) puerta trasera de hierro y una ventana de aluminio con vidrio tipo romanilla, un (1) baño con una (1) puerta de hierro y una (1) ventana tipo persiana y un (1) wáter clock con una (1) puerta tipo persiana, la segunda casa es de dos niveles, construida con paredes de bloque rojo frisados, techo de platabanda y acerolit, piso de terracota, distribuida de la siguiente manera: En la planta baja: Una (1) cocina empotrada en cerámica con dos (2) mesones, una (1) puerta de hierro y dos ventanas corredizas de hierro con vidrio, en la planta alta su techo es de acerolit, existe una habitación con una (1) puerta de madera y una (1) puerta de madera y una (1) ventana tipo persiana, con un (1) balcón con dos (2) ventana, una (1) al frente de aluminio con vidrio tipo romanilla y la otra al fondo tipo persiana y un (1) baño interno con una (1) puerta de madera, cercada perimetralmente con paredes de bloque, con servicios de aguas blancas, aguas servidas y electricidad. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Elías Castillo, en 22,20 ml SUR: Casa que es o fue de Alba Castillo, en 22,20 ml; ESTE: Casa que es o fue de Manuel Castillo, en 4,20 ml; OESTE: Calle 6, su frente, en 5,20 ml; según se evidencia en la CEDULA CATASTRAL, Código Catastral Nº 22 – 03 – 01 – AUR – 103 – 35 – 12, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 12 de Septiembre del año 2.016. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Juzgado ACUERDA darle salida y devolver lo actuado a la solicitante. Déjese constancia en el libro diario Se le asignó el Nº 4202/2016.-

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
El Secretario,

Abg. EDWIN GODOY.-

Cy.-