REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 09 de Noviembre de 2.016
Años: 206° y 157°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, las ciudadanas: NOHELIA LUCIA ALVAREZ VIZCAYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 6.966.047, domiciliada en Campo Elías, Calle El Matadero Entre Bolívar y Miranda del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y NELLY BEATRIZ GARRIDO DE CURCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro 3.746.269, domiciliada en Campo Elías calle caja de agua del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana, GABRIELA ELIZABETH ESCALONA PERAZA venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.974.363, de este domicilio sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que los solicitantes dicen poseer sobre un Área de terreno de Propiedad de Municipal según el documento autenticado por ante la oficina de registro que tiene una superficie de TRESCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS CON OCHENTA (324,80MTS2), en un área de construcción de CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS CON (120,00MTS2), Calle Capuchino entre avenida santa Catalina y Avenida Municipio parroquia Campo Elías Municipio Bruzual estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una (1) casa, construida con paredes de bloques, techo acústico, piso de cemento rustico, distribuida de la siguiente manera: Un (01) porche, Una (01) sala- cocina- comedor, con Una (01) puerta de hierro y Una (01) ventana de aluminio con vidrio, Tres (03) habitaciones, todas con puertas de madera y ventanas de aluminio con vidrio, Una (01) de las habitaciones con Un (01) baño interno y Un (01) baño externo, cercada perimetral de paredes de bloques, con sus servicios de electricidad. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y solar de Elimar Griman, en 23,20m; SUR: Casa y solar de Custodio Figueroa, en 23,20 m; ESTE: Casa y Solar de Roberto Tovar, en 14,00 m; OESTE: Calle Capuchino su frente, en 14,00 m; según se evidencia en el CEDULA CATASTRAL, Código Catastral Nº 22 – 03 – 02 –AR – 101 – 21 – 06, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 07 de Octubre del año 2016. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Juzgado ACUERDA darle salida y devolver lo actuado a la solicitante. Déjese constancia en el libro diario Se le asignó el Nº 4206/2016.-

El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

El Secretario,
Abg. Edwin Godoy




Abg. EBA/EG/Yc.-