REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN GUAYANA CON COMPETENCIAS EN LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS AMAZONAS Y DELTA AMACURO SEDE CIUDAD BOLIVAR
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales
de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro.
Ciudad Bolívar, 26 de Octubre de 2016
206º y 157º
ASUNTO: FP02-U-2016-000022
Mediante escrito presentado en fecha 24 de octubre de 2016, por la Abogado María Romero, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 49.452, actuando en representación judicial de la SUCESION RODRIGUEZ GONZALEZ JOSE RAFAEL, inscrito en el registro de información fiscal (RIF) bajo el numero J-406725455, contra el Acto Administrativo contentivo en las Resoluciones Nros. SNAT/INTI/GRTI/RG/DR/AS/2016/402 dictada en fecha 03 de agosto de 2016, SNAT/INTI/GRTI/RG/DR/AS/2016/407 y SNAT/INTI/ GRTI/RG/DR/AS/2016/408, dictadas en fecha 05 de agosto de 2016, y la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RG/DR/AS/2016/416 de fecha 09 de agosto de 2016, emitidas por el Jefe de División de Recaudación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Désele entrada en el archivo de este Tribunal bajo el Asunto identificado con el epígrafe de la referencia. En consecuencia, este Tribunal ordena notificar a los ciudadanos Procurador y Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela, así como a la Gerencia Regional de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de la Admisión o no y posterior sustanciación del recurso al quinto (05) día de despacho siguiente a la consignación en autos de la última de las notificaciones ordenadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 y siguiente del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario de 2014, una vez consumado el lapso de quince (15) días hábiles previsto en el artículo 82 de la Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela. Igualmente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 271 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario, publicado en la Gaceta Oficial Nº 6.152. Extraordinario, del 18 de noviembre de 2014, ofíciese al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Región Guayana, a los fines de que remita a este órgano jurisdiccional, el Expediente Administrativo relacionado con el Acto Administrativo impugnado. Líbrense las notificaciones correspondientes.
EL JUEZ SUPERIOR PROVISORIO
ABG. FRANCISCO G. AMONI V.
LA SECRETARIA
ABG. MAIRA A. LEZAMA R.
FGAV/Malr/rosangela.-