ASUNTO: FP02-J-2016-000075
RESOLUCION Nº PJ0822016000684
SENTENCIA DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud de Únicos y Universales Herederos y sus anexos, presentada en fecha 03 de febrero de 2016, por la ciudadana: ELIANA GUADALUPE CONTRERAS RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-23.731.046, actuando en representación de su hija IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES,
de un (01) año de edad, indebidamente asistidas por el ciudadano CESAR ALFREDO HERNANDEZ.
Este Tribunal procede a pronunciarse previa las consideraciones siguientes:
Del escrito de la solicitud presentada se desprende que en fecha 15 de enero de 2016 falleció AB INTESTATO quien en vida se llamara: KEVIN ROGER GONZALEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, Cédula de Identidad Nº V-19.162.970, a consecuencia de FRACTURA DE CRANEO POR TRAUMATISMO CRANEO ENCEFALICO SEVERO DEBIDO A HECHO VIAL, tal y como se evidencia de la Copia de Certificación de Documento Acta de Defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Heres del Estado Bolívar, que corre inserta bajo el Acta Nº 144. Libro 1. Tomo D. folio 144, de fecha 18 de enero de 2016, del Libro de Registros Civil llevados por ese Despacho durante el año 2016. Solicita se les nombre como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a la niña, IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES,
de un (01) año de edad, quien nació 10 de junio del 2015 y al niño BREINEL JOSE BLADIMIL GONZALEZ RODRIGUEZ SANCHEZ, de cuatro (04) años de edad, quien nació 10 de diciembre del 2011, en su condición de hijos con respecto al referido De Cujus.
Ahora bien analizada la Copia Certificada del Registro de Defunción del De Cujus: KEVIN ROGER GONZALEZ HERNANDEZ, que riela al folio cinco (05); así como la Copia certificada de las Partidas de Nacimiento de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES,
los cuales demuestran a este Tribunal el vinculo alegado, es decir, de hijos con respecto al referido De Cujus.
Asimismo en fecha 18 de julio de 2016 fueron evacuados los testigos promovidos por la parte interesada todo de Conformidad con el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual a mejor derechos y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus: KEVIN ROGER GONZALEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, Cédula de Identidad Nº V-19.162.970, a la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES,
, en su condición de hijos con respecto al referido De Cujus. ASI SE DECIDE EXPRESAMENTE.
Expídase por secretaria de Conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, copias certificadas de todas las actuaciones de la presente solicitud y así mismo, previa su certificación en autos, se ordena devolver a los solicitantes los originales consignados en la solicitud.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA DECISIÓN.
ABG. LOLIMAR GARCIA HURTADO
Jueza Titular del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar
ABG. NEILA BRIZUELA
Secretario de Sala
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
ABG. NEILA BRIZUELA
Secretario de Sala
LGH/NB/Jessica.-
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