ASUNTO : FP02-V-2016-000274
RESOLUCIÒN Nº PJ0822016000692
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA QUE DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO
Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA.
En horas hábiles del día de hoy 13 de octubre del año Dos Mil Dieciséis (2016), siendo la una hora y treinta de la tarde (01:30 p.m.) constituidos en la sede de este despacho la ciudadana ABG. LOLIMAR GARCIA HURTADO, en su carácter de Jueza Primera de Primera instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, y la ciudadana YAQUELINE RODRIGUEZ, en su carácter de Secretaria del Circuito y deja constancia de que no compareció, la parte actora, a la presente audiencia MEDIACION de ACCIÓN MERO DECLARATIVA, visto que no compareció la parte actora ciudadana MAIRYS LISBETH ORTA MARCHENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.669.890, a la presente audiencia, se considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia dando cumplimiento a lo establecido en el referido artículo este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES SEDE CIUDAD BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: EXTINGUE la presente causa, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
Abog. LOLIMAR GARCIA HURTADO
Jueza Titular del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar.
LA SECRETARIA DEL CIRCUITO.
ABOG. YAQUELINE RODRÍGUEZ
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