REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 26 de Septiembre del 2016
Años: 206º y 157º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos FELIX ELIAS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad , titular de la cédula de Identidad Nº V-4.479.219, domiciliado en la cañería, calle principal, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y OSCAR EUTIMIO TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-4.474.365, domiciliado en Barrio Guacaipuro, calle 02, casa sin número, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones, TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del Ciudadano DAVID CRISTOBAL ABREU SEQUERA, titular de la cédula de identidad Nº V-7.580.978; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurías en un área de terreno propiedad privada, que le pertenecen según consta en el Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-01-AU1-106-09-18, de fecha 16 de Diciembre de 2015, según consta el primero: Documento Registrado ante la Oficina de Registro Publico con Funciones Notariales del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy bajo el número 29, folio 298 al 306, protocolo primero, tomo primero, segundo trimestre del año 2008 y el segundo: según documento inscrito ante el Registro Público del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy bajo el número 2013.246, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el Nº 460.20.2.1.1276 correspondiente al libro de Folio Real del año 2013 y mide aproximadamente CIENTO SIETE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y TRES (107,73Mts2), con un área de construcción de CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS (140,00Mts2), ubicadas en la AVENIDA 02 ENTRE CALLEJÓN 02 Y CALLE 02, COMUNIDAD GUACAIPURO, CHIVACOA, MUNICIPIO BRUZUAL ESTADO YARACUY, consistente en un inmueble distribuido de la siguiente manera: construcción fabricada con paredes de bloques de concreto, piso de cemento pulido, puertas de madera y de hierro, seis (06) ventanas, distribuido así: un (01) balcón, dos (02) habitaciones con puerta de madera, un (01) baño revestido de cerámica con puerta de madera, recibo, comedor y cocina cada uno con puerta de hierro; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: avenida 02 su frente con 5,00 ml; SUR: casa es ó fue de Rómulo García con 5,00 ml; ESTE: Casa que es ó fue de María Elena Abreu con 21,60 ml; OESTE: Casa que es ó fue de David Cristóbal Abreu con 21,49 ml; Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada.
El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
El Secretario,

Abg. Edwin Godoy




Solicitud Nº 4151-2016
Abg. EBA/mzcb.-