REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturin, 21 de Abril de 2017
207º y 158º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2012-000690
ASUNTO : NP01-S-2012-000690

Visto el escrito consignado por el Ciudadano JOSE EDUARDO ITANARE, asistido en este acto por el Ciudadano abogado WILFREDO JOSE MAESTRE LOPEZ, donde solicita que se oficie al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas para que sea excluido del SIPOL y se deje sin efecto la orden de aprehensión. Asimismo se solicita copias certificadas del presente Asunto y como correo especial se designa a WILFREDO JOSE MAESTRE. Este Tribunal en aras de una tutela judicial efectiva contemplada en el artículo 26 del Texto Constitucional, verifica:
ANTECEDENTES

Visto la certificación por secretaria de la firmeza de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha viernes 5 de junio 2015 fueron notificados: Fiscal Novena del Ministerio Público, La Defensa Tercera Especializada y el Ciudadano Acusado. Martes 12 de mayo 2015. Se publicó el texto íntegro, en fecha 5 de junio 2015 y en fecha 9 de junio 2015, se publicó en cartelera la notificación a la víctima, quien ha tenido residencia desconocida durante todo el proceso y fue consignada en esta misma fecha su resulta positiva. Desde la fecha de la notificación de la Víctima 9 de junio 2015, quedando todas las partes debidamente notificadas, de lo cual transcurrieron tres días de despacho se dejaron transcurrir tres (3) hábiles de Despacho, es decir: Miércoles 10 Jueves 11 y viernes 12 de junio, sin que ninguna de las partes interpusiera recurso de apelación contra la sentencia dictada. Y hasta la presente fecha 6 de julio 2015. Se acuerda que se remita al Archivo Centra por causa terminada para su resguardo definitivo, En fecha 6 de julio del año 2015 se libró el oficio signado Nº: 1JV-977-15, dirigido al SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACION POLICIAL (SIIPOL) en la oportunidad de solicitar su valiosa colaboración, en el sentido de que se sirva girar las instrucciones necesaria con el objeto de que sean EXCLUIDOS de los registros policiales llevados por ante ese Cuerpo Policial, al Ciudadano: JOSÉ EDUARDO ITANARE, titular de la Cédula de Identidad Nº V 11.603.394, en virtud de que este Tribunal en fecha 04/05/2015, DICTO SENTENCIA ABSOLUTORIA a favor del prenombrado ciudadano, por considerarlo inculpable de la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de una Adolescente (Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el Segundo Parágrafo del Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), que guarda relación con la causa signada con el N° NP01-S-2012-000690. De igual forma se le participa que se designo como correo ESPECIAL al referido ciudadano a los fines de presentar el presente oficio por ante ese Cuerpo Policial.-

DECISIÓN

Por lo que este Tribunal en garantía del principio de celeridad procesal como derecho constitucional, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda PRIMERO: Acuerda la expedición de copias certificadas, de la sentencia dictada, y del oficio que se remite a S.I.P.O.L, para ser entregadas al Ciudadano Absuelto: JOSÉ EDUARDO ITANARE, titular de la Cédula de Identidad Nº V 11.603.394, el cual se acuerda correo especial para que pueda diligenciar ante el Cuerpo de Investigación Científica, SEGUNDO: Se acuerda dejar sin efecto las órdenes de aprehensión que fueron libradas en fecha 30 de abril del año 2012 a los siguientes cuerpos de seguridad por el Tribunal Segundo de Control Audiencia y Medidas Monagas, por el presente Asunto Penal donde el Ciudadano JOSÉ EDUARDO ITANARE, resultó absuelto, OFICIO Nº: 2CV-1305-2012 Jefe de Investigaciones Penales de la Policía Del Estado Monagas. OFICIO Nº: 2CV-1306-2012 al Director del Instituto Autónomo de la Policía Municipal del Estado Monagas (POLIMATURÍN). OFICIO Nº: 2CV-1307-2012 al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Delegación Maturín, Estado Monagas. OFICIO Nº: 2CV-1308-2012 al dante del Destacamento 77 de la Guardia Nacional con sede en el Estado Monagas. TERCERO. Remítase la causa para el Archivo Central, para su resguardo definitivo. Líbrese lo conducente

JUEZA DE JUICIO

ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO

SECRETARIA

ABGA. YOMAI RA PALOMO