REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturin, 25 de Abril de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2014-003077
ASUNTO : NP01-S-2014-003077
Visto el escrito consignado por el Ciudadano sentenciado RAMÓN RAFAEL MATUTE MEZA, de nacionalidad Venezolano, de 36 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.636.986, natural del Estado Anzoátegui, nacido en fecha 15/07/1978, domiciliado en la CALLE PRINCIPAL DEL PARAÍSO, CASA S/N, PUNTA DE MATA ESTADO MONAGAS, TELÉFONO: 0416-688.88.24, por haber quedado demostrado en el debate Oral y a puerta cerrada la comisión de los delitos ACOSO u HOSTIGAMIENTO, AMENAZAS y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 40, 41, encabezamiento y primer aparte, y 42, encabezamiento y segundo aparte, todos de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: se omite su identidad recibido en este Tribunal en fecha 6 DE ABRIL DEL AÑO 2017 A LAS 5:30 HORAS DE LA TARDE, donde solicita exonerar a su actual defensa y solicita se le nombre una Defensa Pública, para que sostenga sus derechos en el proceso que se le sigue, este Tribunal en garantía de los derechos establecidos en el artículo 2, 26, 49 y sagrado derecho a la defensa procede por secretaría Abga. Yomaira palomo, realizar llamada telefónica a la Coordinación de la Defensa Pública Regional, siendo atendida por la Funcionaria MARICARMEN CHACON, e informó que designa a la Defensoría Pública Primera, representada por el ABG. YONNY CORREA. En tal sentido se acuerda notificar al ciudadano Sentenciado RAMÓN RAFAEL MATUTE MEZA, y notificar al Ciudadano Defensor a los fines de su respectivo avocamiento. Asimismo se verifica de las actas procesales que hasta la presente fecha no consta las resultas de la notificaciones en relación a la publicación de Texto íntegro realizado en fecha 26 de octubre del año 2016, por lo que se acuerda su inmediata notificaciones a todas las partes. Se acuerda exonerar a la defensa privada actual. Líbrese lo conducente.-
DECISION
Este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve por auto fundado de esta misma fecha PRIMERO: por secretaría Abga. Yomaira palomo, realizar llamada telefónica a la Coordinación de la Defensa Pública Regional, siendo atendida por la Funcionaria MARICARMEN CHACON, e informó que designa a la Defensoría Pública Primera, representada por el ABG. YONNY CORREA. En tal sentido se acuerda notificar al ciudadano Sentenciado RAMÓN RAFAEL MATUTE MEZA, y notificar al Ciudadano Defensor a los fines de su respectivo avocamiento. SEGUNDO: Visto que no constan las resultas de la notificaciones en relación a la publicación de Texto íntegro realizado en fecha 26 de octubre del año 2016, se acuerda la inmediata notificaciones a todas las partes. TERCERO: Se acuerda exonerar a la defensa privada actual. Cúmplase. Regístrese y diarícese. Líbrese lo conducente
JUEZA DE JUICIO
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO
SECRETARIA
ABGA. YOMAIRA PALOMO