REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 26 de abril de 2017
Años: 207º y 158º
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, los ciudadanos LENI ADELIDA ÁLVAREZ de ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.097.792, y domiciliada en la urbanización La Ascensión, calle 4, casa N° 15, municipio San Felipe, estado Yaracuy, y ROLANDO JOSÉ MÁRQUEZ ANZOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.462.331, y domiciliado en la aldea Casimiro Vázques, barrio Moreno, casa N° 20, municipio Veroes, estado Yaracuy, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones de TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano RAFAEL SALVADOR LOUIS SERVA CAMMARANO, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 819.039, suficientes para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos MARLENE MERCEDES SERVA LOYO, MARÍA ANTONIETA SERVA LOYO, RAFAEL ÁNGEL SERVA LOYO, MERYS SIRILDA SERVA LOYO, NELIDA COROMOTO SERVA de REYES, LUISA ELENA SERVA LOYO, ANGÉLICA MARÍA SERVA LOYO, JOSÉ ANTONIO SERVA LOYO y LUISA LOYO de SERVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.505.044, 7.552.948, 7.552.947, 7.585.105, 7.582.614, 7.918.861, 11.278.898, 13.502.616 y 827.428 respectivamente, asistida la solicitante, por el abogado CARLOS RAFAEL PINTO ALVARADO, Inpreabogado N° 105.084. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase al solicitante en original las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 4.040-17 y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal.
La Jueza Temporal,
Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria,
Abg. Gloria González
En la misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con las resultas de todo lo actuado, constante de veintiséis (26) folios útiles.
La Secretaria,
Abg. Gloria González