REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS


DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 03 de Abril de 2.017
Años: 206° y 157°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JHORMI JOSE PERDOMO TORRES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-19.414.420 y ONI PASTOR PERDOMO VELASQUEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-5.458.930, ambos domiciliados en la Calle 19 entre Avenidas 6 y 7, Comunidad Peguaima de la Ciudad de Chivacoa de Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; así mismo vencido el lapso de oposición de la publicación del edicto, aquellas personas que tuvieren interés en la declaración de Únicos Universales y Herederos presentado por los ciudadanos: NIDIA MERCEDES ALDANA PEREZ, ABELARDO RAFAEL ALDANA PEREZ y EDUARDO JOSE$ ALDANA PEREZ, sin que compareciera persona alguna invocando iguales o mejores derechos por lo que este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: A los Ciudadanos: NIDIA MERCEDES ALDANA PEREZ, ABELARDO RAFAEL ALDANA PEREZ y EDUARDO JOSE$ ALDANA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nrosº V- 11.277.715, 13.313.498 y 14.209.694, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su condición hijos del De Cujus ciudadano: VICTOR MODESTO ALDANA CASTILLO, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-2.568.661 SIN PERJUICIO DE TERCEROS DE IGUALES O MEJORES DERECHOS, quien falleció el 13 de Septiembre de 2014, siendo la causa de muerte: Paro Cardio Respiratorio Neumonía Enfermedad de Parkinson, según Acta Nº 115, Folio 115 emitida en fecha 22-09-2014 por el Registro Civil y Electoral del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Juzgado ACUERDA darle salida y devolver lo actuado a la solicitante. Déjese constancia en el libro diario Se le asignó el Nº 4261-2017.
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
El Secretario
Abg. EDWIN GODOY.-

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