REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 01 de Agosto de 2017.
Años: 207° y 158°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados ciudadanos: SELSA MARIA ARENAS PINEDA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.906.274 y domiciliada en Avenida Libertador Sector La Ermita Vieja, del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, y ELVA JOSEFINA AULAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-7.582.181 y domiciliada Comunidad la Flores, del Municipio Cocorote este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana MORELIA MERCEDES REVERON, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº. V- 7.908.480, sobre un lote de terreno que forma parte de mayor extensión del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en la comunidad de Tacarte, Calle Principal Las Flores- Tacarte con esquina de la calle Nº 09, casa s/n, Jurisdicción del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, sobre unas bienhechurías, cuyas medidas, linderos y demás determinaciones constan en la solicitud que encabezan las presentes actuaciones; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia certificada de esta providencia en el archivo del Tribunal.
LA JUEZ,
ABG. JOISIE JANDUME JAMES PERAZA.
LA SECRETARIA.
ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.
En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.
LA SECRETARIA.
ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.
Exp. Nº 179-17
JJJP/CG/ya