REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 10 de Agosto de 2017
Años: 207° y 158°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como la documentación que la acompañan y las declaraciones de los testigos debidamente juramentados y presentadas por la parte interesada ciudadanos ELVIS FRANCISCO TOVAR, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nro. V-8.519.768, domiciliado en los próceres calle principal con avenida 5 en la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del estado Yaracuy y JORGE LUIS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.305.080, domiciliado en la Urbanización los Próceres calle 8 con camino san Andrés en la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley conforme a lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano MANUEL JOSE RIONDA JIMENEZ venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.508.391, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dice poseer sobre un área de terreno propiedad privada que forma parte de una mayor extensión de la Sucesión Hernández Rondón registrado en la Oficina Subalterna de Registro bajo el numero 1 al 3 Protocolo Cuarto Primer Trimestre de 1950, el cual tiene una superficie de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y TRES CENTIMETROS (255,83 Mtrs2) con un área de construcción de DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON CATORCE CENTIMETROS (19,14 Mtrs2) ubicado en la avenida 7 entre calle Principal y Camino Real Comunidad los Próceres, Chivacoa Municipio Bruzual estado Yaracuy, consistente en Un (01) casa de Una (01) sola pieza, construida con paredes de bloque, techo de platabanda, piso de cemento pulido, con Una (01) puerta de hierro con su protector de tubo redondo de 1x1 y Una (01) ventana de hierro con su protector de cabilla cuadrada, cercada perimetralmente dichas bienhechurías con estantillos de madera viva y muerta con Cuatro (04) cintas o pelos de alambres de púas, con sus servicios de Aguas blancas y electricidad. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y solar que es o fue de Antonio Prieto en 12,40m SUR: Avenida 5 su frente en 13,00 m; ESTE: Casa y solar que es o fue de Gregorio García en 20,10 m; OESTE: Casa y solar que es o fue de Wilmer Arteaga en 20,20 m; según se evidencia en el CERTIFICADO DE BIENHECHURIAS, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 08 de Junio del año 2017. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Tribunal ACUERDA darle salida y devolver lo actuado al solicitante. Déjese constancia en el libro diario. Se le asignó el Nº 4408/2017.

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

El Secretario,

Abg. Edwin Godoy




Abg. EBA/EG/Yurianner.-