REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, doce de diciembre de dos mil diecisiete
207º Y 158º

Resolución Nº PJ0192017000342
Asunto Nº FP02-V-2017-000203

Visto el desistimiento del procedimiento hecho en diligencia de fecha seis (06) de diciembre de 2017 inserta en el folio Nº 27, por el ciudadano Rachid Ricardo Hassani, parte actora, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 35.713 de este domicilio, el Tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto y procede, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley a homologarlo como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada; se ordena la devolución de los originales previa su certificación en autos. En consecuencia, ordena dar por terminadas las presentes actuaciones por auto separado una vez cumplido el lapso correspondiente establecido en la Ley. Procédase como se ha decidido.-
El Juez,



Abg. Manuel Alfredo Cortes.- La Secretaria,


Abg. Soraya Charbone.-




MAC/SCH/víctor.-