REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veinte (20) de diciembre de (2017)
(207° y 158°)



EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000422


Por recibido en fecha (1912-2017), Oficio número JPPA-0705/2017 de fecha (12/12/2017), emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de esta Circunscripción Judicial, remitiendo adjunto expediente signado con el número A-0517 (nomenclatura llevada por ese Juzgado); conformado por una (1) Pieza Principal constante de doscientos tres (203) folios útiles; y) un (1) Cuaderno de Medida constante de catorce (14) folios útiles, relacionado con el juicio LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE BIENES CONYUGALES seguido por el ciudadano IVÁN JOSÉ MASTRÁNGELO LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.911.363; en contra de la ciudadana MARÍA DAYMES CANDAMIO LIZALLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.270.654; en virtud del recurso de apelación ejercido en contra de la decisión dictada por el a quo en fecha (28-11-2017); por la representación judicial de la parte Actora, abogada en ejercicio FROYMAR RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-14.442.350 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 95.098. En consecuencia, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, le da ENTRADA por Secretaría, signándole el Nº JSA-2017-000422 de la nomenclatura particular de este despacho; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil; así mismo fija un lapso de ocho (8) días de despacho para promover y evacuar las pruebas permitidas en segunda instancia, conforme a lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; vencido el referido lapso se celebrará al tercer (3er) día de despacho siguiente la Audiencia Oral de Informes a las (11:00 a.m.). Cúmplase.
LA JUEZ,


DRA. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR

EL SECRETARIO TEMPORAL,



ABG. IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ












EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000422
MCGS/ILRG/jm