REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

EPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en
Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Monagas
Maturín, 1 de Diciembre de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2013-000297
ASUNTO : NP01-S-2013-000297

Jueza: ABGA. MILAGRO FARIÑAS IDROGO
Secretaria: ABGA. GRACIELA CIRCELLI JIMENEZ
Resolución: PASE A JUICIO ORAL y PÚBLICO
AUTO DE APERTURA DE JUICIO
Por cuanto se celebró Audiencia Preliminar en el presente asunto y se ordenó el enjuiciamiento público del ciudadano ARQUIMEDES ALEXANDER HENRIQUEZ OSORIO, este Tribunal pasa a decidir inmediatamente y emite el presente AUTO DE ENJUICIAMIENTO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 107 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual contiene:
IDENTIFICACIÓN DEL ACUSADO
El Acusado resultó ser: ARQUIMEDES ALEXANDER HENRIQUEZ OSORIO, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.308.024, de 50 años, nacido en fecha 14-10-1967, SOLTERO , OBRERO, hijo de la ciudadana CARMEN VICTORIA DE HENRIQUEZ (V) y del ciudadano OLIMPIO HENRIQUEZ (F), residenciado en PARROQUIA LA PICA , EL BARRIL , CALLE 3, CASA S/N, CERCA DE LA PARADA , MATURIN ESTADO MONAGAS, Teléfono:0412-862. 40.48 y 0416-888.13.70
DE LOS HECHOS y MOTIVOS ESPECIFICADOS EN LA PRESENTE CAUSA
Los hechos objeto del presente asunto resultan ser los denunciados por la víctima de autos y que dieron origen al presente asunto, determinados en el escrito acusatorio de la manera siguiente:
.- Acta de Investigación penal de fecha 15 de Abril del 2013, olio uno (1) y su vuelto, de las catas procesales que conforman el presente Asunto Penal, donde funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas Subdelegación Maturín hacen que funcionarios pertenecientes a POLIMATURIN trayendo oficio Nº.- 0211-2013 de fecha 15-04--13, remiten al ciudadano: ARQUIMENDEZ ALEXANDER HENRIQUEZ OSORIO titular de la cédula de identidad Nº V-10.308.024, en calidad de aprehendido.
.- Acta de entrevista Penal de fecha 15 de Abril del 2013, que riela al folio tres (3) y su vuelto del presente Asunto penal, donde funcionarios adscritos a Poli maturín hacen constar las circunstancias de modo, tiempo y lugar de cómo aprehenden al ciudadano: ARQUIMENDEZ ALEXANDER HENRIQUEZ OSORIO titular de la cédula de identidad Nº V-10.308.024, quienes hacen constar las circunstancias de modo, tiempo y lugar de cómo reciben la denuncia, verifican los hechos y proceden a ubicar al ciudadano denunciado y lo aprehenden de conformidad con lo que establece el artículo 93 de la LOSDMVLV.-
.-Acta de entrevista de fecha 15 de Abril del 2013, que riela al folio cinco (5) y su vuelto de las actas procesales, realizada a la ciudadana SE OMITE, progenitora de la niña víctima de 5 años de edad (identidad omitida de conformidad con lo que establece el artículo 65 L.O.P.N.N.A residenciada en la calle el Tubo, casa sin número, sector las cocuizas de la Ciudad de Maturín del Estado Monagas, quien expuso:”Yo estaba en mi cuarto jugando nintendo cuando llegó el “Negro Arquímedes Enrique” y me dijo vamos para la casa a buscar popeyo, yo fui con él, cuando llegamos a la casa él me metió para el cuarto y empezó a besarme la boca y a tocarme por la cara y el pecho, el después se sacó su miembro viril y me decía que lo tocara y el me tocaba mi totona, luego llegó mi tía me llevó para la casa, de mi mamá… él siempre me lleva para su casa, se desnuda y empieza a besarme…”.
.- Acta de entrevista de fecha 11 de Abril 2013, que riela al folio siete (7) de las actas procesales que conforman el presente Asunto penal a la niña de 11 años de edad (identidad omitida por razón de la Ley), Quien expuso: “Bueno… cuando ellos se fueron…salí a buscar a mi sobrina (identidad omitida) , yo fui para la casa de mi padrastro me asomé por un huequito de la lámina y vi cuando mi padrastro tenía el pene por fuera del pantalón, y le decía (identidad omitida) que lo tocara mientras le estaba besando la boca, cuando ella empezó a tocarle el pene yo entré y él se puso nervioso, se tapó el pene y se salió para la calle…”.
.- Acta de entrevista de fecha 15 de Abril 2013, que riela al folio seis 6 de las actas procesales que conforman el presunto Asunto Penal, a la ciudadana: SE OMITE, progenitora de la niña víctima de 5 años de edad (identidad omitida de conformidad con lo que establece el artículo 65 LOPNNA) residenciada en la calle el Tubo, casa sin número, sector las cocuizas de la Ciudad de Maturín del Estado Monagas, quien expuso:”…me encuentro que mi hermanita (identidad omitida ) de 11 años de edad, y me contó que cuando nosotros salimos de la casa de mi padrastro de nombre ARQUIMEDES ENRIQUE se había llevado a mi casa a mi hija de 5 años de edad (identidad omitida por razón de la Ley), mediante engaño ofreciéndole un helado, para su casa la cual queda al lado de la mía, mi hermanita dice que como no encontraba a mi hija salió a buscarla para la casa de mi mamá y se encontró con la escena que mi padrastro la estaba besando en la boca y le decía que le tocara sus partes mientras él tenía su miembro viril fuera del pantalón…
.- Examen Médico legal de fecha 15-04-13 que riela al folio nueve (9) suscrito por el Experto Médico Forense adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas Subdelegación maturín quien evaluó a la niña víctima de 5 años de edad. Interrogatorio: Se realiza en presencia de su progenitora ANA DORACIO, titular de la cédula de identidad Nº.- V 18.359.953, La niña expone que el padrastro de su mamá le tocó sus partes y le dijo que la niña le tocara su Bicho. Examen físico: Para el momento del reconocimiento médico legal no se observan lesiones activas ni residuales.
.- .Orden de averiguación Penal de fecha 15 de Abril 2013, que riela al folio once (11) de las actas Procesales, expedida por la Fiscalía Novena del Ministerio Público.
Acta de Inspección técnica S/Nº De fecha 15 de Abril 2013 que riela al folio catorce (14) de las actas procesales que conforman el presente Asunto penal, realizada por los Funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas Subdelegación maturín del Estado Monagas,
Hechos éstos que se aprecia, fueron extraídos de las declaraciones aportadas por la víctima de autos, correspondiéndole al juez o jueza de juicio determinar, luego de analizados los medios probatorios traídos al proceso, como ocurrieron los hechos y si hubo o no responsabilidad o no por parte del acusado.
ADMISIÓN DEL ESCRITO ACUSATORIO y CALIFICACIÓN JURÍDICA
Se admite la acusación presentada por parte de la Fiscal Novena del Ministerio Público de este Estado Monagas, en contra del ciudadano titular de la cédula de identidad Nº V- 10.308.024, de 50 años, nacido en fecha 14-10-1967, el Delito De ACTOS LASCIVOS , previsto y sancionado en el articulo 45 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia , en perjuicio de la ciudadana NIÑA, (de edad de quien se omite su identidad de conformidad con lo establecido en el articulo 65, segundo aparte de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), por considerar que cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que a criterio de quien existen suficientes elementos probatorios, que hacen surgir la necesidad de un debate oral y público. Asimismo, se admitió parcialmente la calificación jurídica toda vez que los hechos denunciados por la víctima, encuadran dentro de la norma antes señalada, considerando quien decide que las circunstancias que aparecen en actas, en la cual la niña, señaló yo estaba en mi cuarto jugando nintendo cuando llegó el “Negro Arquímedes Enrique” y me dijo vamos para la casa a buscar popeyo, yo fui con él, cuando llegamos a la casa él me metió para el cuarto y empezó a besarme la boca y a tocarme por la cara y el pecho, el después se sacó su miembro viril y me decía que lo tocara y el me tocaba mi totona, luego llegó mi tía me llevó para la casa, de mi mamá al momento de suscitarse los hechos, pueden perfectamente encuadrarse en el tipo penal que fuera precalificado en la presente causa, desde los actos iniciales del proceso
La referida admisión del escrito acusatorio obedece además a que de las actas procesales surgen concordantes elementos para presumir la comisión de un hecho punible y la participación del referido acusado en la comisión del mismo desprendiéndose del análisis de las actuaciones a criterio de esta Juzgadora, y para este momento procesal que el ciudadano ARQUIMEDES ALEXANDER HENRIQUEZ OSORIO, fue la persona que presuntamente, aprovechando de la inocencia de la ciudadana NIÑA, (de edad de quien se omite su identidad de conformidad con lo establecido en el articulo 65, segundo aparte de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) la constriñó a mantener un contacto sexual no consentido por ella, según refiere de manera reiterada la víctima de autos.
Por todos los razonamientos antes expuestos, estimó este Tribunal necesario admitir la acusación fiscal como en efecto lo hizo, ordenando así el pase al juicio oral y público.
PRUEBAS ADMITIDAS
EXPERTOS:
Se admiten los testimonios de los funcionarios: DETECTIVES ANDRES OPEREZ Y DARWIN RAMIREZ.
EXPERTO MEDICO FORENSE DR. RAMON URBANEJA
TESTIGOS:
En relación a los testigos, se admiten los testimonios de: (NIÑA VICTIMA)
Ciudadana SE OMITE.
TESTIMONIAL DE LA NIÑA SE OMITE
DOCUMENTALES:
INSPECCION TECNICA.
INFORME MEDICO FORENSE.
DECLARACION DE LA NIÑA VICTIMA EN PRUEBA ANTICIPADA
Los medios de prueba admitidos, fueron considerados pertinentes, no contrarios a derecho y necesarios, para el esclarecimiento de los hechos, y alcanzar la verdad de los mismos por las vías jurídicas, y haber sido obtenidos de manera lícita y legal. En base al principio de la comunidad de las pruebas se hacen de la defensa las presentadas por el Ministerio Público siempre y cuando favorezcan al acusado.
DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD
Se mantiene la Medida de Protección y Seguridad que fuera decretada a favor de la víctima, específicamente la contenida en el numeral 6 del artículo 90 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la cual consiste en: 5. Prohibición de acercarse a la víctima, bien por si mismo o por terceras personas. 6. No realizar actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida o algún integrante de su familia.
ORDEN DE ABRIR EL JUICIO ORAL y PÚBLICO
De conformidad con el artículo 107 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 314 del Código Orgánico Procesal, se orden la apertura del juicio Oral y Público en contra del ciudadano ARQUIMEDES ALEXANDER HENRIQUEZ OSORIO, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.308.024, de 50 años, nacido en fecha 14-10-1967, SOLTERO , OBRERO, hijo de la ciudadana CARMEN VICTORIA DE HENRIQUEZ (V) y del ciudadano OLIMPIO HENRIQUEZ (F), residenciado en PARROQUIA LA PICA , EL BARRIL , CALLE 3, CASA S/N, CERCA DE LA PARADA , MATURIN ESTADO MONAGAS, Teléfono:0412-862. 40.48 y 0416-888.13.70, por la presunta comisión del delito de ACTOS LASCIVOS previsto y sancionado en el articulo 45 encabezamiento de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana NIÑA (de edad de quien se omite su identidad de conformidad con lo establecido en el articulo 65, segundo aparte de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). Admitiendo así la acusación fiscal.-.
INTIMACIÓN A COMPARECER A JUICIO
Se intima a todas las partes para que en un plazo común de CINCO (05) DÍAS acudan al Tribunal de Juicio, plazo que se contará a partir de la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal en referencia.
ORDEN DE REMISIÓN DE LAS ACTUACIONES
Se instruye a la Secretaria a remitir las actuaciones al Tribunal de Juicio correspondiente, en su oportunidad de Legal. En Maturín a los diez (01) días del mes de Diciembre de 2017.-
Jueza de Control, Audiencias y Medidas,


ABGA. MILAGRO FARIÑAS IDROGO

Secretaria,

ABGA. RAIZA CAROLINA MEJIA PANICCIA