REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 08 de diciembre de 2017
Años: 207º y 158º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos WILMER JOSÉ REGALADO RIVAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 12.280.312; y domiciliado en Final calle Principal, urbanización Villa El Encanto, sector Buena Vista, Boraure, municipio La Trinidad, estado Yaracuy, y FRANCISCO ANTONIO CODECIDO CABAÑA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 7.164.010; y domiciliado en la urbanización Vista Alegre, Primera Etapa, calle 3, casa N° 03, municipio Independencia, estado Yaracuy, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la sociedad mercantil SOCIEDAD TECNICA DE INGENIERIA, C.A. (SOTEICA), Rif. J-00034789-1 sobre unas bienhechurías descritas en la solicitud, y que por información desprendida del Informe Técnico de Verificación de Inmueble, emitido por la Alcaldía del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, Dirección de Catastro, ubicadas en la carretera local 003 vía Aroa, Sector El Censo, parroquia Albarico, municipio San Felipe, estado Yaracuy, construidas sobre un área de terreno municipal, que mide treinta y una hectáreas con ocho mil metros cuadrados (31,8 Has) y un área de construcción de mil trescientos cinco metros cuadrados con ochenta centímetros cuadrados (1.305,80 MTS2), alinderada y con las medidas siguientes: Norte: Entre los vértices P6 y P13 en una longitud de cuatrocientos noventa y nueve metros con un centímetro (499,01 mts) con el Fundo “El Censo María de La Cruz González Leal”; Sur: Entre los vértices P36 y P37 en una longitud de cincuenta y dos metros con quince centímetros (52,15 mts) con Freddy Martínez, entre los vértices P27 y P36 en una longitud de cuatrocientos catorce metros con noventa y un centímetros (414,91 mts) con Luís Arevalo; entre los vértices P37 y P44 en una longitud de doscientos cuarenta y tres metros con sesenta y un centímetros (243,61 mts) con Gregorio Pineda; Este: Entre los vértices P13 y P27 en una longitud de setecientos noventa y un metros con cincuenta y cinco centímetros (791,55 mts) con Juan Vicente Gómez B.; y Oeste: Entre los vértices P44 y P6 en una longitud de setecientos cincuenta y tres metros con cincuenta y seis centímetros (753,56 mts) con la quebrada La Azulita, la cual consiste en una (1) caseta de noventa y seis metros cuadrados (96,00 m2) donde está ubicado el Control de Banco de transformadores y los tableros eléctricos de una procesadora de material granular; una (1) caseta de veintidós metros cuadrados con cuarenta y cinco decímetros cuadrados (22,45 m2) donde se encuentra ubicada una bomba de agua; una (1) caseta de quince metros cuadrados con cincuenta y dos decímetros cuadrados (15,52 m2) donde se encuentra el control motores de una procesadora de material granulado; una (1) piscina para sedimentos de ciento cuarenta y ocho metros cuadrados con setenta y tres decímetros cuadrados (148,73 m2); un (1) área de ciento veintitrés metros cuadrados con sesenta decímetros cuadrados (123,60 m2) donde funciona el laboratorio y las oficinas administrativas; un (1) muro de noventa y un metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados (91,80 m2) donde se encuentra ubicada la tolva procesadora de material granular; un (1) muro de cincuenta y un metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados (51,80 m2) en el cual se encuentra ubicada la tolva de alimentación agregados de una planta de asfalto; un (1) muro perimetral de cuarenta y nueve metros cuadrados con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados (49,44 m2) donde se ubica una caldera y tres (3) tanques de almacenamiento de material asfaltico A30; un (1) muro de cuarenta metros cuadrados con dieciséis decímetros cuadrados (40,16 m2) donde se ubica tanques para el almacenamiento de gasoil; un (1) muro de contención de ciento veinte metros cuadrados (120,00 m) donde se encuentra la procesadora de material granular; un (1) galpón planta asfalto con un área de ciento cincuenta y nueve metros cuadrados con ochenta y nueve decímetros cuadrados (159,89 m2); una (1) caseta de doscientos catorce metros cuadrados con cincuenta y cinco decímetros cuadrados (214,54 m2) destinadas a deposito y un (1) área de controles planta asfalto; y una (1) losa de concreto armado donde se ubica la planta asfalto de ciento treinta y seis metros cuadrados con un decímetro cuadrado (136,01 m2); y un (1) área de treinta y cinco metros cuadrados con ochenta y seis decímetros cuadrados (35,86 m2) constituidos por escalera y pisos de la procesadora de material granular. Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense al solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.-
La Jueza Temporal,
Abg. María Elena Camacaro
La…
Secretaria Temporal,
Abg. Mayairy Rangel
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas, constante de treinta y un (31) folios útiles.
La Secretaria Temporal,
Abg. Mayairy Rangel
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