REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

República Bolivariana de Venezuela




En Su Nombre
Tribunal de Municipio Ordinario
y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de
La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy

Chivacoa jueves siete (07) de diciembre del año Dos Mil diecisiete.
AÑOS: 207º y 158º

Vistas las anteriores actuaciones, relativas a la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana ACTRID CAROLINA PEREZ BRACHO, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.313.831 y de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado Wolgfan Castillo, quien está inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.755, en la cual solicitó el Título Supletorio sobre unas bienhechurías ubicadas en el calle principal La Grillera sector el Cruce, Parroquia Campo Elías, Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas características están descritas en la solicitud. La referida bienhechuría tiene un área de construcción de cuarenta y siete metros cuadrados con dieciséis centímetros (47.16m) y está alinderada de la siguiente manera: NORTE: terreno de Iris Suarez y Libia Bracho con una longitud de cuarenta y ocho metros cuadrados 48.00m SUR: casa y solar que es o fue de Yohana Canelo y Diana Valera con una longitud de cincuenta y un metros cuadrados con ochenta y cinco centímetros 51.85m, ESTE: quebrada sin nombre con una longitud de veintiún metros cuadrados con cuarenta centímetros 21.40 OESTE: calle 3 su frente con una longitud de quince metros cuadrados 15.00 m, y están construidas sobre un área de terreno que mide novecientos veinte metros cuadrados con ochenta y nueve centímetros (920.89m) propiedad del Instituto Nacional de Tierras INTI. Se admitió la solicitud en fecha jueves treinta (30) de noviembre de 2017. En fecha jueves siete (07) de diciembre de 2017, fueron oídas las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos LUIS RAFAEL PINTO QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-17.469.402, domiciliado en Guatanquire calle 15 entre avenidas 1 y 2 en la ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y OSCAR JESUS GONZALEZ MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-24.797.308, domiciliado en Campo Elías en la calle principal Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, cuyas testimoniales son apreciadas por este juzgador a favor de su promovente, por encontrarlas contestes entre sí, pues los testigos demostraron tener conocimiento de los hechos sobre los cuales testificaron. Por los fundamentos expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA el TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN sobre las bienhechurías descritas en el presente fallo, a favor de la ciudadana ACTRID CAROLINA PEREZ BRACHO antes identificada, quien estuvo asistido en la presente solicitud por el Abogado Wolgfan Castillo, ya identificado, dejándose a salvo los derechos de terceros de iguales o mejores derechos. Queda excluida expresamente la propiedad del terreno sobre el cual están construidas las bienhechurías antes descritas, por no ser propiedad del solicitante. Así se decide.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. y una vez cumplido este requisito, devuélvase original del presente expediente a la parte interesada, una vez que sean proveídas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal. En Chivacoa a los siete (07) días del mes de diciembre del año Dos Mil diecisiete. Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
El juez temporal,
El Secretario,

Abg. Fidel Alexander Figueroa Jayaro.
Abg. Edwin Godoy.
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las tres de la tarde (03:00 Pm) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,


. Abg. Edwin Godoy.
Abg.FAFJ/EG/Jacqueline
Exp N° 4511/17