REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
SAN FELIPE, TRECE (13) DE ENERO DE 2017.
AÑOS 206º Y 157º

Vista la sentencia que antecede y vista la demanda presentada por la ciudadana ARABELIS COROMOTO CARRILLO RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 25.455.620, asistida por el Abogado JOSÉ VICENTE RAMOS, inscrito en el Inpreabogado Nº 208.153, contra la ciudadana MERCEDES LISBETT LINÁREZ SUÁREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.083.102; por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se acuerda darle entrada, registrarla, formar expediente con los recaudos acompañados y admitirla a sustanciación en todo cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
En consecuencia, emplácese a la demandada ciudadana MERCEDES LISBETT LINÁREZ SUÁREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.083.102, con domicilio en el Sector Canaima Norte, Transversal 2 con Callejón 4 del Municipio Independencia, estado Yaracuy, para que comparezcan por ante este Juzgado, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a que conste en autos su citación, para que reconozca en su contenido y firma el documento privado consignado junto con el libelo, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 450 eiusdem. En tal virtud líbrense las compulsas correspondientes, con copias certificadas del libelo de demanda, con orden de comparecencia al pie, y entréguese al Alguacil de este Juzgado quien se encargará de practicar las citaciones ordenadas, una vez que la parte interesada provea los emolumentos para las mismas. Líbrense boleta.
El Juez,

Abg. EDUARDO JOSÉ CHIRINOS
El Secretario,

Abg. ELVYN J. QUIROGA BAUDIN.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede y se libró boleta de citación.
El Secretario,

Abg. ELVYN J. QUIROGA BAUDIN