REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
SAN FELIPE, 21 DE FEBRERO DE 2017
206° y 158º
Visto el escrito del 16 de Febrero de 2017, cursante del folio 88 al 94, de la segunda pieza, suscrito y presentado por las abogadas NAYLUIS GEORYE RAMÍREZ NOGUERA y ROSMIRA JULIETA TIRADO BASTARDO, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 238.949 y 133.880 respectivamente, apoderadas judiciales de la parte actora donde solicitan se ordena la exhumación del cadáver del De Cujus RAÚL RODRÍGUEZ HERRERA y se practiquen todas las diligencias necesarias para realizar la prueba de ADN entre las partes en el presente juicio, asimismo, sean notificadas de la fecha y hora para la práctica de la exhumación a los fines de determinar la filiación paterna y por último, se oficie al IVIC, a fin de que informen si cuentan con los reactivos químicos necesarios para realizar dicha experticia; en tal sentido, este Juzgador hace las siguientes consideraciones:
Se observa anexo al escrito presentado por la parte actora, dos comunicaciones, la primera, del 30 de junio de 2016, cursante al folio 121 del expediente, dirigida al Licenciado Juan Núñez, Jefe de la Unidad de Estudios Genéticos y Forenses del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC), con atención al ciudadano YASSER VEGA, donde la actora pide información a dicho instituto, sobre la posibilidad de realizar la prueba de ADN entre las cinco hermanas y si es suficiente para obtener la información necesaria para determinar si son hijas biológicas del mismo padre; la segunda comunicación, inserta al folio 122, proveniente de la Unidad de Estudios Genéticos y Forenses del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC), firmada por el ciudadano YASSER VEGA, encargado del Servicio de Filiación Biológica. UEGF del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC), donde responden a la comunicación antes señalada, donde señalan que la información obtenida de la prueba de ADN entre las hermanas buscando coincidencias, daría muy poca información para obtener un resultado concluyente y en tal sentido, recomiendan la toma de una muestra forense del ciudadano RAUL RODRIGUEZ HERRERA, de la cual se obtendrían el perfil de ADN, que sería comparado con las interesadas y así determinar la hermandad paterna. Este Juzgador, a los fines de acordar lo solicitado en el escrito presentado por la actora, ordena oficiar al Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC), Servicios de Filiación Biológica, en la persona del ciudadano YASSER VEGA, para que informe a este despacho, sobre la veracidad de la comunicación del 13 de Julio de 2016, dirigida a la Abogada ROSMIRA TIRADO, cursante al folio 122, en caso de ser cierta la misma, deberá remitir copia certificada de dicha comunicación; asimismo, deberá informar a este Juzgado si en la actualidad existen reactivos químicos para realizar la prueba de ADN, solicitada por la parte actora. Líbrese oficio con copia simple de dicha comunicación. Igualmente, se hace saber a la parte interesada, que en aras de la celeridad procesal, este Juzgado nombra como correo especial a la ciudadana NANCY JOSEFINA NOGUERA o a sus apoderados judiciales, para que retire el oficio aquí librado y haga entrega en dicho instituto científico del mismo, exhortándola a que traigan a los autos la respuesta a la comunicación aquí señalada. Cúmplase.
El Juez,
Abg. EDUARDO JOSÉ CHIRINOS.
El Secretario,
Abg. ELVYN QUIROGA BAUDIN
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede, y se libro oficio Nº 075/2017.
El Secretario,
Abg. ELVYN QUIROGA BAUDIN