REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, veintiuno (21) de Febrero de 2017
207º y 158º


ASUNTO: UP11-L-2017-000033

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA


Visto el anterior libelo de demanda y sus anexos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, estando en la oportunidad para pronunciarse sobre su admisión se abstiene de hacerlo, debido a que la presente demanda ha sido interpuesta de manera extemporánea, en flagrante violación del artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, parágrafo primero, toda vez que según el inventario de causas de este mismo tribunal se pudo evidenciar que la existencia de una causa idéntica, signada con el Nº UP11-L-2016-000219, en la cual se produjo el desistimiento por parte de la demandante, la ciudadana MARÍA ALEJANDRA FLORES CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.642.014, quien no se presentó a la audiencia preliminar ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, según se desprende de Resolución emitida en fecha 15/02/2017.

En este sentido, teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente, se concluye que la presente demanda no cumple con los requisitos exigidos en la ley para su admisión, por consiguiente resulta forzoso para quien sustancia declarar la inadmisibilidad de la presente demanda. En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, actuando en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, declarar: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA. Por ende, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el CIERRE Y ARCHIVO del presente expediente, una vez quede firme la presente decisión
Publíquese, regístrese y certifíquese la presente decisión.-

DIOS Y FEDERACIÓN


ABG. ERIKA ELEONOR SUÁREZ SEQUERA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y
EJECUCIÓN DEL CIRCUITO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY



LA SECRETARIA,

ABG. ZAIDA HERNÁNDEZ
EESS/ZCH.-