REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2014-000267
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
En el día de hoy, Jueves Dieciséis (16) de Febrero del año dos mil dieciséis (2016), siendo las dos de la tarde (2:00 P. M), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por el ciudadano ELECIO GONZALEZ FUENTES, titular de la cédula de identidad Nº V-12.280.301 contra la empresa AGROPECUARIA MONTAÑA ALTA C. A., y solidariamente contra las empresas AVÍCOLA LA UNIÓN C. A., y AVÍCOLA LA GUASIMA C. A. Tal y como estaba previsto, se anunció el acto a las puertas del Tribunal, verificándose la incomparecencia de la parte actora quien no se hizo presente ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo, se deja constancia que por la parte demandada comparece la representación judicial de las empresas agropecuaria montaña alta C. A., Avícola la Unión C. A., y Avícola la Guasima C. A., por intermedio de las profesionales del derecho GILDA YASNERIS YECSONARI MUJICA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 106.263. Acto seguido se declaró constituido este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia del ciudadano Juez Temporal RUBÉN EDUARDO ARRIETA ALVARADO, la secretaria ZAIDA HERNÁNDEZ y el Técnico Audiovisual Alguacil y alguacil JOSÉ GONZÁLEZ.
En este estado, la ciudadana Juez vista la incomparecencia de la parte actora a la celebración de la audiencia oral y pública y verificándose el desistimiento de las pruebas promovida por la parte demandada, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confieren la Constitución y las leyes declara: PRIMERO: EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN intentada por el ciudadano ELECIO GONZALEZ FUENTES, titular de la cédula de identidad Nº v-12.280.301 contra la empresa AGROPECUARIA MONTAÑA ALTA C. A., y solidariamente contra las empresas AVÍCOLA LA UNIÓN C. A., y AVÍCOLA LA GUASIMA C. A., todo de conformidad con lo dispuesto en el primer aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; SEGUNDO: No se condena en costas a la parte demandante con fundamento en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Remítase el expediente al tribunal de origen, una vez que quede firme el presente fallo en la oportunidad procesal correspondiente. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.
El Juez Temporal,
ABG. RUBÉN EDUARDO ARRIETA ALVARADO
POR LA DEMANDADA,
ABG. YASNERIS YECSONARI MUJICA
La Secretaria,
ABG. ZAIDA HERNÁNDEZ
El Técnico Audiovisual/
Alguacil;
JOSÉ GONZÁLEZ
Asunto UP11-L-2014-000267
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