REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL L.O.P.N.A
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal PRIMERO de Primera Instancia para la Responsabilidad Penal del Adolescente en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 22 de Febrero de 2017
206º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-D-2015-000600
ASUNTO : NP01-D-2015-000600
Jueza: ABG. LUISA VIRINIA CABEZA
Secretaria: ABG. YEMI RIVA SOLORZANO
FISCAL 20°: CLARET VILLARROEL
Víctima: EDGAR BETANCOURT
Imputado(s): IDENTIDAD OMITIDA
Defensor Público Tercero: ABG. FELIPE SANCHEZ
DELITO: DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA
AUTO DECRETANDO PASE A JUICIO
Culminada la Audiencia Preliminar celebrada en esta misma fecha, este Tribunal Primero de Control Administrando Justicio en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede a publicar el contenido del Auto de Enjuiciamiento de el imputado IDENTIDAD OMITIDA conforme a lo previsto en el Artículo 578 literal “a” y 579 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, de la siguiente manera.
PRIMERO:
IDENTIFICACIÓN DEL ACUSADO
ANGEL LUIS ROMERO GOMEZ, de nacionalidad Venezolano, natural de Cumana, Estado Sucre, de 19 años de edad, nacido en fecha 18-01-1998, de Oficio Soldado del Ejercito, de estado civil Soltero, hijo de ODILA GOMEZ (V) y PEDRO ROMERO (F), y residenciado en el Sector Brisas de la Laguna, calle 1, casa # 3, cerca del CDI, Maturín, Monagas, Teléfono No poseo.
SEGUNDO
ADMISIÓN DE LA ACUSACIÓN
Se admite en su totalidad la Acusación presentada por el Ministerio Público de fecha 08 de Julio de 2016, en contra del adolescente ANGEL LUIS ROMERO GOMEZ, por la presunta comisión del delito DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el articulo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con el articulo 83 del Código Penal; y pasa a explanar los hechos de forma respectiva en los siguientes términos: “En fecha 08/08/2015, siendo aproximadamente las 3.00 horas de la tarde cuando funcionarios adscritos al cuerpo de la policía del Estado Monagas se dirigieron a la Urbanización Brisas de la Laguna, Maturín, estado Monagas, una vez son informados por personas de la comunidad, que no quisieron informarse por temor a futuras represarías, que detrás de esa urbanización, en una zona boscosa, se encontraban varios muchachos desmantelando un vehiculo de color azul, desde tempranas horas de la mañana. Una vez en el lugar, observan en la zona boscosa, oculto un vehiculo automotor marca CHEVROLET, modelo OPTRA, año 2007, tipo SEDAN, clase Automóvil, color azul, de uso particular, que no portaba placas, numero de identificación de carrocería KL1JM52BX7K649900, numero de serial de motor F18D3050045K, parcialmente desvalijado, desprovisto de varias de sus partes, y en la parte frontal del descrito vehiculo se encontraban cuatros (04) ciudadanos, entre ellos el adolescente arriba identificado, quienes se encontraban destornillando el motor del carro para ser sacado de su lugar de origen, utilizando para tal fin, llaves de herramientas de mecánica, quienes al percatarse de la presencia de la comisión policial, lanzaron al interior del vehiculo un bolso de color negro y corrieron entre la maleza, intentando huir del lugar, logrando darle alcance a pocos metros del lugar. El referido vehiculo automotor se encontraba solicitado, según expediente K-15-0074-05206 por el delito de robo de vehiculo automotor, con motivo de denuncia formulada ante el cuerpo de investigaciones científicas, penal y criminalistica por el ciudadano EDGAR BETANCOURT, quien había sido despojado del mismo en horas de la mañana de ese mismo día.….;
TERCERO
CALIFICACIÓN JURÍDICA
Los hechos imputados al adolescente ANGEL LUIS ROMERO GOMEZ, son por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el articulo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con el articulo 83 del Código Penal, en perjuicio de de del ciudadano DARWIN JOSE GONZALEZ, este Tribunal comparte esta calificación fiscal.
CUARTO
RESPECTO A LAS PRUEBAS
En lo que respecta a las pruebas que serán llevadas a juicio, este Tribunal Primero de Control admite totalmente las pruebas promovidas por la fiscal en su escrito de Acusación por considerarlas necesarias, licitas, útiles, legales y pertinentes para el esclarecimiento de los hechos objeto del presente proceso. Asimismo la defensa privada solicito acogerse al principio de la comunidad de las pruebas siempre y cuando las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público favorezcan al acusado de autos;
CUARTO
PROCEDENCIA, RECHAZO O SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR
Se mantiene la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad decretad al joven en la Audiencia de Presentación, joven ANGEL LUIS ROMERO GOMEZ, a los fines de asegurar las resultas del proceso, toda vez que no han variado las circunstancia que dieron origen a que en su oportunidad legal fuera decretada dicha medida;
QUINTO
REMISIÓN A JUICIO
SE ORDENA EL PASE A JUICIO y en consecuencia se emplaza a todas las partes para que en un plazo común de cinco días concurran ante el Tribunal de Juicio correspondiente, plazo que se contará a partir de la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal en referencia, de conformidad a lo previsto en el artículo 580 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. Se ordena la remisión de las actuaciones que conforman la presente causa en esta misma oportunidad al Tribunal de Juicio.
LA JUEZ,
ABG. LUISA VIRGINIA CABEZA
LA SECRETARIA,
ABG. YEMI RIVAS SOLORZANO