REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

Maturín, 2 de Febrero de 2017
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2016-001135
ASUNTO : NP01-S-2016-001135

Como quiera que cursa escrito presentado por el ABG. EFRAÍN CASTILLO, en su carácter de Defensor Privado, actuando en representación de los imputados DEL VALLE JESÚS GUERRA y DAVID RAFAEL TUARESCA, mediante el cual solicita la extensión del lapso de presentaciones de sus representados ante el Departamento de Alguacilazgo, en virtud de la dificultad de transporte desde su lugar de habitación hasta esta Sede Judicial, este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones:
La presente causa se inició en fecha 21/07/2016, en virtud de ORDEN DE APREHENSIÓN dictada en contra del ciudadano Imputado MIGUEL HAROLD GONZÁLEZ GARCÍA.
En fecha 07/07/2016, los imputados DEL VALLE JESÚS GUERRA y DAVID RAFAEL TUARESCA fueron conducidos ante el Juzgado de Control, Audiencia y Medidas el cual decretó en su contra una medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad, consistente en presentaciones cada diez (10) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.
Ahora bien, alega la defensa que, por motivos de transporte y laborales se hace difícil a los imputados cumplir con el régimen impuesto, asunto este que, a criterio de quien decide es perfectamente creíble, una vez revisados los argumentos esgrimidos por la Defensa Privada; en consecuencia y como quiera que los motivos alegados son derechos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal Segundo de Violencia Contra la Mujer en función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, declara CON LUGAR, la solicitud formulada por la defensa de los imputados DEL VALLE JESÚS GUERRA y DAVID RAFAEL TUARESCA, y se extiende el lapso de presentaciones al mismo, fijándose su cumplimiento cada treinta (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. Notifíquese a las partes. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
Jueza de Control, Audiencias y Medidas,

ABGA. MARTHA ELENA ÁLVAREZ SÁNCHEZ

Secretaria,
ABGA. ROSELÍN MENDOZA INAGAS