REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 2 de Febrero de 2017
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2017-000111
ASUNTO : NP01-S-2017-000111


Visto el escrito presentado por el ABG. NUMA JOSÉ ROJAS, en su condición de Defensor del ciudadano DEIVIS JOSÉ CARABALLO SALAZAR, mediante el cual solicita a este Tribunal oficie al Centro Penitenciario Nelson Mandela en la Pica, a fines de remitir a su representado que se encuentra en Situación Precaria en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub. Delegación Maturín, este Tribunal hace las siguientes consideraciones:

PRIMERO: En fecha 21 de enero de dos mil diecisiete se publicó auto mediante el cual se fundamentó lo decidido en la audiencia de presentación celebrada por este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 96 de la Ley Especial que rige la materia, donde se acordó mantener la medida judicial de privación preventiva de libertad impuesta al imputado, ordenándose como sitio de reclusión del mismo, el Internado Judicial del Estado Monagas.

SEGUNDO: En fecha 30 de enero de dos mil diecisiete la Defensa privada del imputado, representada por el Abogado Numa José Rojas, interpone escrito de solicitud, requiriendo el cambio de sitio de reclusión de su representado.

Ahora bien, de la revisión de las actas procesales se aprecia que en decisión publicadas por esta Instancia se ordeno como centro de Reclusión del ciudadano DEIVIS JOSÉ CARABALLO SALAZAR el Internado Judicial del Estado Monagas por ser este el único Centro de Reclusión para albergar internos sometidos a privación judicial de libertad, librándose la respectiva Boleta de Encarcelación en esa misma fecha, dirigida al Director del Centro Penitenciario en referencia, en virtud de ello este Juzgado Segundo en Función de Control, Audiencia y Medidas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda ÚNICO: Ratificar las comunicaciones emitidas al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y al Director del centro Penitenciario de Oriente, a los fines de que se materialice el traslado del ciudadano DEIVIS JOSÉ CARABALLO SALAZAR desde del Órgano de Investigación, hasta la Sede del centro de reclusión ordenado por esta Instancia, donde quedara recluido a la orden de este Tribunal, y así se decide. Líbrense los correspondientes Oficios. Notifíquese. Cúmplase.
Jueza de Control, Audiencias y Medidas,
ABGA. MARTHA ELENA ÁLVAREZ SÁNCHEZ
Secretaria,
ABGA. ROSELÍN MENDOZA INAGAS