REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 15 de Febrero de 2017
206º y 157º

Vista la sentencia dictada por el extinto Juzgado Superior Quinto Agrario de la Región Nor – Oriental, Civil – Bienes del estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur – Oriental, el 23/10/2008, con ocasión al Recurso de Nulidad de Acto Administrativo Agrario, contenido en el Expediente Nº 0023-2013 (nomenclatura de esta Instancia), interpuesto por el abogado Miguel V. Torres Farias, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 2.030, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CERCAMONT, C.A, domiciliada en Caracas, debidamente registrada por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 09/07/1987, bajo le Nº 31, Tomo 13-A-Pro, contra el acto administrativo emanado del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, en sesión Nº 51/05, punto de cuenta Nº 149, de fecha 29/04/2005, mediante el cual declaró Tierras Ociosas e Incultas, sobre un lote de terreno denominado “La Argentina”, ubicado en el Sector el Merey o la Argentina, Municipio Maturín, del Estado Monagas, con una extensión de aproximadamente cuatro mil setecientos treinta y nueve hectáreas con seis mil metros cuadrados (4.739 has con 6000 m2), mediante la cual declaró Primero: Con Lugar el Recurso de Nulidad, Segundo: Nulo el Acto Administrativo, Tercero: Repone el Procedimiento Administrativo al estado de que se notifiquen debidamente a todos los interesados, ordenándose librar boletas de notificación a las partes, por cuanto la mencionada sentencia salió fuera de lapso, en tal sentido visto que no se ha dado cumplimiento a lo ordenado, en consecuencia, se ordena librar nuevas boletas de notificación a las partes. Líbrese Boletas de Notificación, Despacho de Comisión y oficios.-

La Jueza Provisoria,
YELITZA CHACIN SUBERO

El Secretario Suplente
HUMBERTO CHAURAN MALAVE


En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, conste.


El Secretario Suplente
HUMBERTO CHAURAN MALAVE

Exp. Nº 0023-2013
YLC/JWM/ar.-