REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Maturín, 17 de Febrero de 2017
206º y 157º

Vista la sentencia dictada por el hoy extinto Juzgado Superior Quinto Agrario de la Región Nor – Oriental, Civil – Bienes del estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur – Oriental, de fecha 12/07/2010 (Folios 24 al 29), con ocasión al Recurso de Nulidad de Acto Administrativo Agrario, contenido en el Expediente Nº 0071-2013 (nomenclatura de esta Instancia), interpuesto por el ciudadano PEDRO MANUEL ARISTIUÑO HERRERA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº 8.352.916, y/o sus apoderadas judiciales Zunirde Carreño y Noemí Mariño, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 30.375 y 30.206, con domicilio procesal en la Calle Mariño, Edificio Lucy Piso 2, oficina 20 frente a la Plaza Ayacucho, Maturín estado Monagas, contra el Acto Administrativo emanado del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), contenido en el Expediente Administrativo Nº 09-16-0008-0057RE, mediante el cual declaro Tierras Ociosas e Incultas, un lote de terreno, de aproximadamente Trescientas hectáreas (300 has), identificado como “El Porvenir de Pedro”, ubicadas en Los Corocitos, Municipio Maturín del Estado Monagas, mediante la cual declaró Inadmisible el Recurso de Nulidad, ordenándose librar boletas de notificación a la parte recurrente, por cuanto la mencionada sentencia salió fuera de lapso, en tal sentido visto que no se ha dado cumplimiento a lo ordenado, en consecuencia, se ordena librar boleta de notificación a la parte demandante. Líbrese Boleta de Notificación.
La Jueza Provisoria,

YELITZA CHACIN SUBERO
El Secretario Suplente,

HUMBERTO JOSÉ CHAURAN MALAVÉ

Exp. 0071-2013.
YCS/HCM/m.a.