REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 23 de Febrero del 2017.
Años: 206° y 158°
Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de las testigos juradas, ciudadanos: HECTOR JOSE SOTO LARA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.352.075 y domiciliado en sector el Cuji calle Aquiles Nazoa, casa número 05 Barquisimeto Estado Lara, y PAUL RICHARD MARTINEZ ARDILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.517.208 y domiciliado urbanización la Ascensión vereda 4 casa numero 03, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y en concordancia con el artículo 94 del Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS a favor del ciudadano BECERRA CASTILLO LUIS GUILLERMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.562.517, y de este domicilio; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia certificada de esta providencia en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ,
ABG. JOISIE JANDUME JAMES PERAZA.
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.
En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.