REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 21 de febrero de 2017
Años: 206° y 158°
SOLICITUD Nº 1436
SOLICITANTE Ciudadano, CARLOS ALBERTO PERCHE GONZALEZ, en su carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN CIVIL ‘‘COLEGIO ADVENTISTA CARIÑITOS’’
REGISTRO DE LIBROS
Recibida en este Tribunal por distribución la presente solicitud de Sellado de Libros, suscrito y presentado por el ciudadano CARLOS ALBERTO PERCHE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.004.309, en su condición de Presidente de la Asociación Civil ‘‘COLEGIO ADVENTISTA CARIÑITOS’’, en fecha 10 de Febrero de 2017.
Ahora bien, es el caso que el ciudadano CARLOS ALBERTO PERCHE GONZALEZ, ya identificado, solicita el sellado de libros de Acta y de Contabilidad de la Asociación Civil que representa.
La solicitud fue admitida por auto de fecha 13 de Febrero de 2017, ordenándose fijar un lapso de cinco (05) días de despacho siguientes a esa fecha, a fin que el solicitante consigne Acta Constitutiva de la Asociación Civil, todo de conformidad con el artículo 11 del Código de Procedimiento Civil, instrumento éste fundamental para la tramitación de la misma.
Al respecto, este Tribunal una vez verificadas las actas anexas a la solicitud con lo señalado en el escrito, constató que de las mismas no se desprendía el Acta Constitutiva de la Asociación Civil; es por lo que este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de Sellado de Libros presentada por el ciudadano CARLOS ALBERTO PERCHE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.004.309 en su condición de Presidente de la Asociación Civil ‘‘COLEGIO ADVENTISTA CARIÑITOS’’. Asimismo se ordeno devolución de originales.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe a los veintiún (21) días del mes de febrero de 2017. Años: 206° y 158°.
El Juez Provisorio,
Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,
Abog. ERMILA RODRIGUEZ
En esta misma fecha y siendo la 02:30 p.m., se publicó y registró la anterior decisión.
La Secretaria,
Abog. ERMILA RODRIGUEZ
Solicitud Nº 1436
Abog. TLRVDD/lags.-
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