TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 16 de Febrero de 2017
Años: 206° y 157°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como la documentación que la acompañan y las declaraciones de los testigos debidamente juramentados y presentados por la parte interesada, ciudadanos: JOSE ANTONIO VALLES SALINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-22.312.512, domiciliado en el Cibal calle la pastora del Municipio Bruzual de estado Yaracuy y LISYUTH OMAIRA CAMPO CORDERO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 16.824.074, domiciliada en el ceibal casa Nº 73 Municipio Bruzual de estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley conforme a lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano: NOEL ARMANDO CONTRERAS SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.926.487, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurías que el solicitante dice poseer sobre un terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I), que tiene una superficie de CIENTO CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTIMETROS (141,60Mtrs2) en un área de construcción de CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (48,00Mtrs12), ubicado en Calle de Servicio entre Quebrada Morrocoyal y Callejón los Rojas Comunidad El Ceibal, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy; Con las siguientes características Una (01) casa con paredes de bloques, techo de laminas de zinc, piso de cemento, paredes frisadas, Una (01) sala, Una (01) cocina comedor, Una (01) habitación, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Calle de servicio su frente en 5.90 SUR: Casa y Solar que es o fue de Yolexis Canelón en 5.90; ESTE: Terreno de Yolexis Canelón en 24.00 y OESTE: Casa y solar que que es o fue de la Familia Contreras en 24.00; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO Nº22-03-01-U01-118-09-16, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, en fecha 19 de Enero del año 2015. Se hace la salvedad que el presente titulo no convalida cualquier tipo de violación a la ley, decreto u ordenanza en la cual haya podido incurrir el solicitante al haber realizado las bienhechurías descritas en la solicitud que dan origen a estas actuaciones. Expídanse por secretaria copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Este tribunal acuerda darle salida y devolver lo actuado al solicitante una vez sean consignados por él los fotostatos correspondientes. Déjese constancia en el libro diario.
El Juez Provisorio
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
El Secretario,
Abg. EDWIN GODOY.
Abg EBA/EG/Yurianner.-
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