REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 20 de Febrero de 2017
Años: 206° y 157°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como la documentación que la acompañan y las declaraciones de las testigos debidamente juramentadas y presentadas por la parte interesada, ciudadanas: YSABEL CRISTINA VARGAS AGUIAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-11.273.971, domiciliada en la avenida 3 entre calles 12 y 13 sector Guatanquire 2 en la ciudad de Chivacoa de Municipio Bruzual estado Yaracuy y EDILUZ HERCILIA LOPEZ CORDERO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.587.101, domiciliada en la calle 7 esquina avenida 4 sector Pueblo Nuevo en la ciudad de Chivacoa de Municipio Bruzual estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley conforme a lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: BERLIANA DEL CARMEN NOGUERA MOTA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.953.710, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un lote de terreno propio perteneciente en un 50% según documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, en fecha 04 de marzo de 2009, quedando anotado bajo el Nº2009.65, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el Nº 460.20.2.1.49 y correspondiente al libro real del año 2009 y el otro 50% según documento autenticado anotado bajo el Nº 33, tomo 58 de los libros autenticados llevados por la Notaria Publica de San Felipe del Estado Yaracuy, en fecha 02 de Junio de 2016, que tiene una superficie de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS (332,40Mtrs2) en un área de construcción de SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y OCHO (62,88Mtrs2), ubicado en Calle 9 entre avenidas 1 y 2. Comunidad Guatanquire II Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy; Consistentes en Una (01) casa, construida con paredes de bloques de concreto, piso de cemento, techo de zinc, Tres (03) puertas de hierro y ventanas con bloques de ventilación; consta de: Una (01) sala, Un (01) comedor, Una (01) cocina, Una (01) habitación, Un (01) baño, Una (01) pared perimetral de bloque en el lindero sur; cuenta con sus respectivas instalaciones eléctricas, de aguas blancas y negras, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Valerio Amaya en 31.50 SUR: Casa que es o fue de Ana Giménez en 30.76; ESTE: Calle 9 su frente en 10.90 y OESTE: Casa que es o fue de Ana Giménez en 10.45; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO Nº22-03-01-AUR-105-08-10, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, en fecha 18 de Enero del año 2017. Se hace la salvedad que el presente titulo no convalida cualquier tipo de violación a la ley, decreto u ordenanza en la cual haya podido incurrir el solicitante al haber realizado las bienhechurías descritas en la solicitud que dan origen a estas actuaciones. Expídanse por secretaria copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Este tribunal acuerda darle salida y devolver lo actuado al solicitante una vez sean consignados por él los fotostatos correspondientes. Déjese constancia en el libro diario.
El Juez Provisorio
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
El Secretario,
Abg. EDWIN GODOY.
Abg EBA/EG/Yurianner.-