REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, diecinueve (19) de julio de (2017)
(207° y 158°)
EXPEDIENTE Nº JSA-2016-000344
Por cuanto en fecha primero (1°) de junio de dos mil diecisiete (2017), la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia me designó como Jueza Provisoria del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, y prestado el debido juramento de Ley en fecha (30-06-2017), verificado así mismo, mi toma de posesión de funciones en este Tribunal en fecha seis (06) de julio de (2017), según consta en Acta Nº 352 del Libro respectivo llevado por este Despacho; en aras de otorgar las vías y medios procesales contemplados en nuestra normativa legal me ABOCO al conocimiento de la presente causa. En consecuencia, con la finalidad de resguardar el derecho a la defensa y a la Tutela Judicial Efectiva se acuerda la notificación de los intervinientes, informándoles que una vez que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, y transcurrido el lapso de tres (03) días de despacho establecido en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de salvaguardar su derecho de recusar a la nueva Jueza, vencido el mismo sin que se hubiera ejercido tal derecho, este Juzgado Superior Agrario celebrará al tercer día de despacho siguiente la ÚNICA AUDIENCIA ORAL a las (10:00 a.m.); conforme lo dispone el artículo 168 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En tal sentido, se ordena notificar por medio de BOLETA al ciudadano RAFAEL ANTONIO VILORIA, titular de la cédula de identidad N° V-5.350.671 y por OFICIO a la OFICINA REGIONAL DE TIERRAS DEL ESTADO YARACUY y a la COORDINACIÓN DE LA DEFENSA PÚBLICA, donde se ratificará el contenido del oficio N° 2016-JSA-0392, de fecha (05-10-2016), conforme a lo establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la Sentencia proferida en fecha (15-07-2013), bajo el N° 930, Caso. Olga Laviano. Líbrense. Cúmplase.
LA JUEZA,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR
LA SECRETARIA,
ABG. CARMEN ELENA NÚÑEZ MIRANDA
Seguidamente se cumplió con lo ordenado, librándose la boleta y oficios correspondientes.
LA SECRETARIA,
ABG. CARMEN ELENA NÚÑEZ MIRANDA
EXPEDIENTE Nº JSA-2016-000344
MCGS/CENM/jm