REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 12 de julio del 2.017.
Años: 207° y 158°.

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos: ORELLANA VALOA HENRY JOSE venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.518.173 y domiciliado en la calle principal de la Trilla, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, MONTES MARIN ELEAZAR LENIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-20.889.742 y domiciliado en la calle principal casa numero 03, Albarico, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano, SERRANO OJEDA EDWIN LEONARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-19.455.404, sobre unas bienhechurías, construidas sobre un área de terreno propiedad del INTI, ubicado en la Trilla, sector la Veguita, vía de acceso, Albarico, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, con área que mide aproximadamente DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTIMETROS (235,60 Mts2) y un área de construcción es de VEINTE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y UN CENTIMETROS (20,31 Mts2) comprendidos dentro de los siguientes linderos: NORTE: con casa y solar que es o fue de Flor González con 12,40ML; SUR: Terreno que es o fue de Claudina de Serrano con 12,40Ml; ESTE: Via de Acceso que es su frente, con 19,00ML y OESTE: Finca de Roberto Logueltan, con 19,00 ML; las bienhechurías consiste en una casa de habitación con compuesta de una sala, cocina, comedor, una (01) habitación, un baño, cocina, comedor, techo de zinc, piso de terracota, paredes de bloque frisados y un lavandero; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. Devuélvase a la parte interesada. Déjese copia de esta providencia.
LA JUEZ,
ABG. JOISIE J. JAMES PERAZA
LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L., GÓNZALEZ A.
En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.

LA SECRETARIA,
ABG. CELSA L., GÓNZALEZ A.