REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 13 de Julio de 2017
Años: 207° y 158°

Por cuanto la presente causa de NULIDAD DE VENTA, incoada por el Ciudadano: CARLOS LUIS RAMIREZ REA, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.973.460, asistido por el abogado en ejercicio JARVIS MENDEZ FLORES inscrito el en I.P.S.A Nº101.713 contra la ciudadana ROSBERLYS VIRGINIA RODRIGUEZ MARTINEZ, Venezolana, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.835.232, este tribunal pudo observar que en fecha 01 de Junio de 2017, las partes llegaron a un convenimiento con respecto a la solicitud, el cual la demandada de autos cancelo el precio total de la bienhechuría al demandante, por lo que se Homologa la presente causa. Este Tribunal, ACUERDA: CERRAR EL PRESENTE EXPEDIENTE DE NULIDAD DE VENTA, archivarlo, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Expediente Nro. 2783-2017.
El Juez,
Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA El Secretario
Abg. Edwin Godoy

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, en el auto que antecede.
El Secretario,
Abg. Edwin Godoy


Abg.EBA/EG/Yurianner.-