REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY
Chivacoa 14 de julio de 2017
Años: 207º y 158º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, la ciudadana JULIANA DEL CARMEN MIRELIS MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.468.339, domiciliado en el Copey calle Principal, Parroquia Campo Elias, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y la ciudadana AIDA PRISILA SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.706.341, domiciliada en Copey sector 2 de la Parroquia Campo Elias, Municipio Bruzual del estado Yaracuy; y por cuanto no hubo oposición de terceros, y sin perjuicios de igual o mejores derechos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos: ISMELDA YAQUELIN CASTAÑEDA PEROZO, WILMER JOSE CASTAÑEDA PEROZO, GUSTAVO ARMANDO CASTAÑEDA PEROZO,DANIS ESEQUIEL CASTAÑEDA PEROZO Y CARMEN ARGELIA CASTAÑEDA PEROZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.796.324, V-12.261.369; V-14.767.372, 13.314.218 Y 14.797.221, hijos del ciudadano, JUAN EXEQUIEL CATAÑEDA ESPINOZA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.256.075, y a la ciudadana, ESPEDITA AMABLE PEROZO DE CASTAÑEDA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. v- 7.552.053, en su carácter de esposa del DE CUJUS, antes identificado, según se evidencia en acta de matrimonio Nro. 19 emanada del Registro Civil de Campo Elias, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consignada en tiempo útil al presente expediente lo cual riela a los folios 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15, de este expediente. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia Certificada en el archivo del Tribunal.
El Juez,
Abg. EFRAIN BALLESTER ACOSTA
El Secretario,
Abg. EDWIN GODOY GONZALEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de ( ) folios útiles, a la parte interesada.
El Secretario,
Abg. EDWIN GODOY GONZALEZ.
Solicitud Nº 4360/2017