REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 06 de Julio de 2017
Años: 207° y 158°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como la documentación que la acompañan y las declaraciones de los testigos debidamente juramentadas y presentados por la parte interesada, ciudadano JOSE TOMAS CARRIZO GARAY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 17.813.079, domiciliado en la Virgen Calle Principal, Municipio Bruzual de estado Yaracuy y DOUGLAS JOSE CABRITA ARRIECHI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 11.270.303, domiciliado en la Virgen Calle Principal, Municipio Bruzual de estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley conforme a lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano: CESAR EMIRO MEDINA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V- 5.260.475, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurías que los solicitantes dicen poseer sobre un área terreno municipal, que tiene una superficie de DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON TREINTA Y DOS CENTIMETROS (2.887,32Mtrs2) en un área de construcción de R4 CINCUENTA METROS CUADRADOS ( 50.00Mtrs2), ubicado en la calle 4 entre Calle Principal y terrenos Agrícolas, Comunidad la Virgen, Parroquia Campo Elias, Municipio Bruzual Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una (01) casa de paredes de bloques, cemento y cabillas con fundaciones para un segundo piso (completamente frisadas) techo de platabanda , piso de cerámica; puerta de la entrada de hierro ( con sus respectivos protectores de hierros), sala, comedor, cocina ( con gabinetes de cemento, bloque y cabillas) dos (02) habitaciones, dos (02) baños con cerámicas en piso y paredes), lavadero; corredores con piso de cemento, ocho (08) ventanas tipo romanillas ( con sus respectivos protectores de hierros) paredes perimetrales de bloques y cemento de tres metros de alto en los linderos Norte , este y oeste; porton de hierros en la entrada piso de cemento desde la entrada hasta la casa que mide diecinueve metros (19 Mts) de largo por cuatros metros (4.00Mts) de ancho. Fuera de la casa un (01) baño construido con cemento cabillas y bloques con techo de platabanda; forrado de cerámicas piso y paredes). Un (01) tanque para almacenar agua construido de cemento, cabilla y bloques con capacidad de 53.500 litros de agua y mide diez metros (10Mts) de largo por cuatros metros de con noventa (4.90Mts) de ancho con setenta (70) árboles frutales divididos así; treinta (30) matas de coco, Diez (10) matas de aguacate, Tres (03) matas de mandarina, cuatro (04) matas de limón; Quince (15) matas de cambur una (01) mata de mango; dos (02) de naranja, dentro de los siguientes linderos: NORTE: casa y solar que es o fue de Agustino Arena, SUR: casa y solar que es o fue cesar medina, ESTE: Quebrada Mata Caballo, OESTE: calle 4 que es su frente, según se evidencia en CEDULA CATASTRAL, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, en fecha 09 de mayo del 2017. Bajo el numero 22- 03-02 -AR- 112- 24- 08, Devuélvase original con sus resulta a la parte interesada, este tribunal ACUERDA darle salida y devolver lo actuado al solicitante. Déjese constancia en el libro diario. Se le asigno el número 4364-17.-
El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

El Secretario,

Abg. EDWIN GODOY.