REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE LOS TRIBUNALES CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 26 de Julio de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-003081
ASUNTO : NP01-P-2010-003081
De la revisión dispensada de las actas que conforman la presente causa se observa que en fecha 18/08/2014 se dictó sentencia condenatoria en contra del ciudadano YORMAN RAMÓN DÍAZ, por la comisión de los delitos de AMENAZA y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42, respectivamente, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD, publicándose el texto íntegro de dicha sentencia en fecha 29/09/2014 en cuya dispositiva se ordenó la notificación de todas las partes intervienientes por haber sido publicada fuera del lapso legal correspondiente. Ahora bien, se aprecia, que en fecha 02/10/2014 se emitieron las respectiva boletas de notificación a todas partes, no constando en actas las resultas efectivas de las mismas, ni el correspondiente auto de firmeza emitido por el Tribunal en Función de Audiencias y Medidas, necesario a los fines de que adquiera dicha sentencia el carácter de cosa juzgada, remitiéndose a esta fase del proceso sin haberse gestionado lo anteriormente señalado; en consecuencia, como quiera que hasta la presente fecha no se encuentra definitivamente firme la decisión dictada por ese Órgano Jurisdiccional, en cumplimiento del contenido del artículo 472 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena devolver el presente asunto penal al Tribunal Primero de Violencia Contra la Mujer en Función de Control, Audiencias y Medidas del Estado Monagas, a los fines de que se realice el trámite legal correspondiente. Hágase lo conducente. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución,
ABGA. MARTHA ELENA ÁLVAREZ SÁNCHEZ
La Secretaria,
ABGA. RAIZA CAROLINA PANICCIA